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Edicto.
El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Zaragoza, anuncia:
Que en el procedimiento concursal número 700/2008 referente al concursado Arnisal Siglo XXI S.L., por auto de fecha 28 de enero de 2010, se ha acordado lo siguiente:
1-Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.
2-Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
3-Se ha declarado disuelta la sociedad Arnisal Siglo XXI, S.L., cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.
4-Formar la sección sexta de calificación del concurso, en la que podrán personarse como parte cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, dentro de los diez días siguientes a la publicación de este edicto en el B.O.E., para alegar por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
Zaragoza, 28 de enero de 2010.- La Secretario Judicial.
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