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Documento BOE-B-2010-4952

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 36, de 10 de febrero de 2010, páginas 12374 a 12374 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2010-4952

TEXTO

Edicto.

Doña Isabel Carro Rodríguez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC) anuncia:

Primero.-Que en el procedimiento número 604/2009, por auto de 28 de enero de 2010, se ha declarado en concurso voluntario al deudor "Ferris HillL, S.L", con CIF n.º B-82.214.966 y con domicilio social en calle Profesor Waskman, n º3, de Madrid.

Segundo.-Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

Tercero.-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal designada:

1.º Carlos Ferrandis Gabriel, Abogado, con despacho profesional en calle Serrano, 16, 2.º dcha. de Madrid, teléfono 91 436 42 10 y fax número: 91 436 42 11.

2.º Javier Perna Bertrán, Economista, con despacho profesional en calle Agustín de Foxá, n.º 25, 11-B, de Madrid, con número de teléfono 91 457 02 39 y número de fax: 91 457 18 49.

3.º Agencia Estatal de Administración Tributaria, quien en su representación deberá designar un profesional que reúna las condiciones del artículo 27.1-2.º LC o a un funcionario dependiente de la misma, la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 LC.

La comunicación se formulará por escrito adjuntando copia para el Juzgado y se dirigirá al Juzgado presentándose los escritos en el Registro de Escritos Civiles de Madrid, situado en la calle Capitán Haya, 66, 28020 Madrid.

El plazo para esta comunicación es de un mes a contar desde la presente comunicación.

Cuarto.-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

Madrid, 1 de febrero de 2010.- La Secretaria Judicial.

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