Edicto.
Por el presente se hace saber: Que en procedimiento concursal n.º 82/2009 seguido a instancias de la Procuradora doña Carmen Marrero García, en nombre y representación de Carpintería Metalica San Mateo, con domicilio social en La Lechuza, n.º 48, Vega de San Mateo, 35320, Las Palmas con C.I.F. n.º B-35.386.309, se ha dictado Auto en el día 29 de enero de 2010, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes particulares:
Se declara el concurso de Carpintería Metálica San Mateo, el que se tramitará por el procedimiento concursal abreviado.
A efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.
Se designa como administrador del concurso a: Eugenio Vidal Ribera como Abogado.
Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos en el plazo de quince días a contar desde la publicación acordadas en el Auto, conforme establece el apartado uno del artículo 23 de la Ley Concursal, en su redacción dada por el Real Decreto-Ley 3/2009, de 27 de marzo.
En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio se acuerda la intervención de dichas facultades de conformidad con lo establecido en el artículo 44.2 y 3 de la L.C.
Jesús Alemany Eguidazu, Magistrado-Juez. María Victoria Basanta Eiras, Secretaria. Firmados y rubricados "
Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en los artículos 21.5 y 23 de la Ley Concursal, en su redacción dada por el Real Decreto-Ley 3/2009, de 27 de marzo, se expide el presente Edicto.
Las Palmas de G.C., 1 de febrero de 2010.- La Secretaria Judicial.
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