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Documento BOE-B-2010-44676

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 317, de 30 de diciembre de 2010, páginas 147554 a 147554 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2010-44676

TEXTO

Don Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente doy la publicidad ordenada al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado y hago saber:

Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso abreviado voluntario n.º 914/2010, habiéndose dictado en fecha 5 de octubre de 2010 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso de acreedores de Eléctricas Amca, S.L., con CIF B-46105169, con domicilio en Camino del Mar, s/n, de Alboraya (Valencia), inscrita en el Registro Mercantil de Valencia al Tomo 4228, Libro 1540, Sección 8.ª, folio 145, Hoja V-20744, Inscripción 1.ª, Prefabricados Balterra, S.L., con CIF: B-97352108, con domicilio en c/ Cabañal, n.º 20, de Alboraya (Valencia) inscrita en el Registro Mercantil de Valencia al Tomo 7525, Folio 165, Sección 8, Hoja V-90804, Inscripción 1.ª, Meditania, S.L., con CIF: B-98058449, con domicilio en Polígono Industrial 3, c/ 11-10, de Alboraya (Valencia), inscrita en el Registro Mercantil de Valencia al Tomo 8932, Libro 6217, folio 114, Hoja V-130507, y Construcciones Eléctricas Balterra, S.L., con CIF: B-98142391, con domicilio en Polígono Industrial 3, c/11-10 de Alboraya (Valencia), inscrita en el Inscrita en el Registro Mercantil de Valencia al tomo 9033, folio 6318, folio 101, Sección 8, Hoja V-133898, Inscripción 1.ª

Que se ha acordado la Intervención de las funciones de disposición y administración de la concursada, que quedarán sometidas a la autorización o conformidad de la administración concursal designada.

Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación acordada en el BOE puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Así mismo se hace saber que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario abogado y procurador.

Valencia, 5 de octubre de 2010.- El Secretario Judicial.

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