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Documento BOE-B-2010-43501

GIRONA

Publicado en:
«BOE» núm. 309, de 21 de diciembre de 2010, páginas 143473 a 143473 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2010-43501

TEXTO

Don José Antonio Marquínez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Girona,

Hago saber: Que en el concurso voluntario número 38/09, se ha acordado mediante auto de fecha 11 de noviembre de 2010, la apertura de la liquidación de oficio de conformidad con lo prevenido en el artículo 143 de la ley concursal, cuya parte dispositiva contiene el siguiente particular:

"Acuerdo: declarar finalizada la fase de convenio del presente procedimiento concursal de la entidad mercantl Buscarons, Sociedad Anónima, y abrir de oficio la fase de liquidación, en los términos previstos en el artículo 143.1 primero de la ley concursal, al no haberse presentado dentro del plazo legal ninguna propuesta de convenio.

Se suspende la junta de acreedores señalada para el próximo día dos de diciembre de 2010 a las diez horas.

Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición de la entidad concursada sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el titulo tercero de la ley concursal. Asimismo, se declara la disolución y el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal para proceder de conformidad con lo establecido en esta ley.

Inscríbase, asimismo, en los registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos al Registro mercantil de Girona, haciéndole saber del cierre de la fase de convenio, de la apertura de la fase de liquidación, de la suspensión de las facultades de los administradores, de la disolución y el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal, y ordenándose la anotación de las anteriores circunstancias en la hoja correspondiente del Registro Mercantil de Girona.

En el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la Ley concursal.

Fórmese la sección sexta de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del atuo de declaración de concurso. Se concede el plazo de cinco días, de conformidad con el artículo 168, en relación con el 191 de la Ley concursal, a fin de que cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo pueda personarse en la presente sección alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso.

Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en el artículo 144, en relación con los artículos 23 y 24 de la ley concursal, expido el presente.

Girona, 2 de diciembre de 2010.- El Secretario judicial.

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