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Documento BOE-B-2010-43158

PALMA DE MALLORCA

Publicado en:
«BOE» núm. 307, de 18 de diciembre de 2010, páginas 142990 a 142990 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2010-43158

TEXTO

Doña Virginia García Prada, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Palma de Mallorca, por el presente, hago saber:

Primero.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número Sección I Declaración Concurso 0000276/2010 se ha dictado a instancias de Biniart Agrupacio, Sociedad Limitada, en fecha Auto de fecha 19 de Octubre de 2010 Auto de Declaración de Concurso Voluntario Abreviado de Biniart Agrupacio, Sociedad Limitada, con CIF: B-57314684 cuyo centro de intereses principales lo tiene en Calle Irlanda, número 7, de San Agustín -Palma de Mallorca.

Segundo.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor.

Tercero.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal. Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de quince días a partir de la última fecha de publicación de este edicto,mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (artículo 184.3 Ley Concursal).

Palma de Mallorca, 27 de octubre de 2010.- La Secretario/a Judicial.

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