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Documento BOE-B-2010-41691

Resolución de la Generalitat de Catalunya, del Departamento de Economía y Finanzas de los Servicios Territoriales en Girona, de 3 de noviembre, por la que se concede la aprobación del proyecto ejecutivo y el reconocimiento de la utilidad pública de una instalación eléctrica en los términos municipales de Bescanó, Sant Gregori y Sant Martí de Llémena (exp. 43.411/2009-AT).

Publicado en:
«BOE» núm. 294, de 4 de diciembre de 2010, páginas 137685 a 137687 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-B-2010-41691

TEXTO

La empresa "Endesa Distribución Eléctrica, Sociedad Limitada", con domicilio social en la Av. Paral·lel, 51, de Barcelona, ha solicitado la aprobación del proyecto de ejecución y el reconocimiento de la utilidad pública de la línea de derivación aérea a la nueva SE Bescanó de la línea 132 kV SE Olot-SE Salt.

En fecha 30 de diciembre de 2009 la empresa presentó el proyecto de ejecución para su tramitación administrativa.

En fecha 27 de octubre de 2009 se otorgó la autorización administrativa (DOGC núm. 5526, de 15 de diciembre de 2009).

El anuncio de información pública de la aprobación del proyecto y el reconocimiento de la utilidad pública se publicó en el DOGC número. 5635, de 25 de mayo de 2010; en el BOE núm. 133, de 1 de junio de 2010, y en los diarios Punt Diari y Diari de Girona en fecha 24 de mayo de 2010.

De los organismos afectados, el Servicio Territorial de Carreteras en Girona y la Agencia Catalana del Agua emitieron informes favorables con condiciones que fueron aceptadas por el promotor.

El Ayuntamiento de Bescanó, por el Decreto de 8 de octubre de 2010, emitió la resolución de aprobación de la licencia de obras y actividades del proyecto ejecutivo. En fecha 27 de septiembre de 2010, el Ayuntamiento de Sant Martí de Llémena concedió la licencia de obras; asimismo, el Ayuntamiento de Sant Gregori, en fecha 18 de octubre de 2010, acuerda autorizar las obras para la ejecución del proyecto.

Por parte de los particulares afectados por el proyecto ejecutivo que fueron notificados no se han presentado alegaciones.

Puesto que la empresa ha acreditado que su solicitud cumple lo que establece la normativa eléctrica y ha justificado debidamente en la memoria del proyecto la necesidad de la instalación;

Puesto que, de acuerdo con la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, de regulación del sector eléctrico, modificada por la Ley 17/2007, de 4 de julio, son aplicables el Decreto 351/1987, de 23 de noviembre, por el que se determinan los procedimientos administrativos aplicables a las instalaciones eléctricas; el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimiento administrativo de autorización de las instalaciones de energía eléctrica, y el Decreto 1775/1967, de 22 de julio, sobre régimen de autorización, ampliación y traslado de industrias, así como los reglamentos técnicos específicos;

Puesto que la competencia para conocer este expediente y resolverlo se atribuye al director de los Servicios Territoriales de Economía y Finanzas de acuerdo con lo que establece el Decreto 421/2006, de 28 de noviembre, de creación, denominación y determinación del ámbito de competencias de los departamentos de la Administración de la Generalitat de Catalunya, y de disposición primera del Decreto 506/2006, de 10 de diciembre, de reestructuración del Departamento de Economía y Finanzas, en relación con el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, que regula las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica;

Por todo ello, resuelvo:

Primero.- Reconocer la utilidad pública de instalación de la línea de derivación aérea a la nueva SE Bescanó de la línea 132 kV SE Olot-SE Salt.

Segundo.- Aprobar su proyecto de ejecución, con las características siguientes:

Expediente: 43.411/2009-AT.

Término municipal: Bescanó, Sant Gregori y Sant Martí de Llémena.

Características técnicas:

Longitud: 4.028 m.

Tensión: 132 kV.

Potencia máxima: 205,75 MVA.

Número y tipos de circuitos: 3 sencillos.

Tipo de conductores: 9 LA 455 (còndor).

Disposición conductores: Bandera.

Tipo soporte y material: Cóndor 18000/33000 e Ícaro 55000/70000.

Número de soportes: 15.

Tipo aislador: composite.

Inicio: T. 32B y T. 14 de la línea 132 kV Olot-Salt.

Final: SE Bescanó.

Presupuesto: 1.430.000 euros.

La autorización queda sometida a las condiciones especiales siguientes:

Primero.- Las instalaciones se realizarán de acuerdo con las especificaciones y los planos que figuran en los proyectos presentados por la empresa solicitante en fecha 30/12/2009, firmados por el ingeniero industrial Rafel Alum Felip, el cual ha servido de base para la tramitación del expediente, de acuerdo con las reglamentaciones técnicas preceptivas.

Segundo.- La construcción y el funcionamiento de esta instalación eléctrica se someten a lo que establecen la Ley 18/2008, de 23 de diciembre, de garantía y calidad en el suministro eléctrico; el Reglamento técnico de líneas eléctricas aéreas de alta tensión aprobado por el Decreto 3151/1968, de 28 de noviembre; la Ley 12/2008, de 31 de julio, de seguridad industrial, y el resto de disposiciones de aplicación general.

Tercero.- La empresa titular será responsable del uso, la conservación y el mantenimiento de la instalación, de acuerdo con las condiciones de seguridad que requiere la normativa vigente.

Se deberán cumplir los condicionantes impuestos por los organismos oficiales.

Cuarto.- El plazo para la construcción y la puesta en servicio de las instalaciones autorizadas será de un año contado a partir de la fecha de publicación de esta Resolución en el DOGC.

Quinto.- Los Servicios Territoriales en Girona podrán llevar a cabo, durante las obras y una vez finalizadas, las comprobaciones y las pruebas que consideren necesarias en cuanto al cumplimiento de las condiciones de esta Resolución. A tal fin, el peticionario comunicará a estos Servicios Territoriales, con antelación suficiente, la fecha de comienzo de las obras y su programación, las fechas en que se llevarán a cabo las pruebas y cualquier incidencia relevante.

Sexto.- La empresa enviará a los Servicios Territoriales en Girona el certificado final de obra, firmado por un técnico competente, que acredite que las instalaciones se ajustan al proyecto aprobado y que se han cumplido las normas y los reglamentos de aplicación. A este certificado se adjuntarán las actas de las pruebas y los controles reglamentarios.

Séptimo.- La empresa asegurará el correcto mantenimiento y la vigilancia de las instalaciones durante su construcción y después de su puesta en funcionamiento, para garantizar que se cumplen las condiciones reglamentarias de seguridad.

Octavo.- La Administración podrá dejar sin efecto esta autorización en caso de incumplimiento de las condiciones indicadas, de facilitar datos inexactos o por cualquiera otra causa excepcional que lo justifique.

Noveno.- Esta autorización administrativa se otorga sin perjuicio de terceros y es independiente de las autorizaciones o licencias de competencia de otros organismos o entidades públicas necesarias para llevar a cabo las obras y las instalaciones aprobadas.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el director general de Energía y Minas, en el plazo de un mes contado a partir del día después al de su publicación en el DOGC, sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso que sea procedente.

Girona, 3 de noviembre de 2010.- El Director de los Servicios Territoriales en Girona, Francesc Revert e Higón (10.308.009).

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