Está Vd. en

Documento BOE-B-2010-4130

TARRAGONA

Publicado en:
«BOE» núm. 30, de 4 de febrero de 2010, páginas 9505 a 9506 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2010-4130

TEXTO

Edicto.

El Secretario Judicial del Juzgado de 1ª Instancia nº 7 (Mercantil) de Tarragona, por el presente,

Hace saber:

Que en los autos seguidos en este juzgado con el nº 85/09-2, de concurso voluntario de las mercantiles "Morera Germans, S.A.", se ha dictado la Sentencia cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

"Sentencia

En Tarragona, a 18 de enero de 2010.

Doña María Arántzazu Ortiz González, Magistrada titular del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Tarragona, ha conocido de las presentes actuaciones de concurso voluntario de la entidad "Morera Germans, S.A.", CIF A-43048594, que ha actuado representada por la Procuradora doña Maite García Solsona y defendida por el Letrado D. Pau Tondo Bravo.

Fallo:

Apruebo, con los efectos previstos en al Ley, el convenio propuesto por la empresa declarada en concurso voluntario "Morera Germans, S.A." que fue aceptado por las adhesiones presentadas en tiempo y forma antes de la finalización del plazo de impugnación del inventario y de la lista de acreedores.

Acuerdo el cese de los efectos de la declaración de concurso sobre las facultades de administración y disposición del deudor. En consecuencia, se decreta el cese de los administradores concursales, sin perjuicio de lo previsto en el capítulo II del Título VI de la Ley Concursal y se les requiere para que rindan cuenta de su actuación en el plazo de un mes desde la notificación de la presente.

Requiérase al deudor al fin de que, con periodicidad semestral, a partir de la fecha de esta sentencia, informe a este Juzgado acerca del cumplimiento del convenio.

Ordeno la formación de la sección 6ª de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de la solicitud de concurso y documentos acompañados a la misma, de esta resolución y del auto de declaración del concurso, en la que será parte la administración concursal, advirtiendo a los interesados de que disponen de un plazo de diez días desde la publicación de la presente sentencia en el Boletín Oficial del Estado para personarse y ser parte en la misma y formular alegaciones respecto de la calificación como culpable del concurso.

Publíquese la sentencia en el Boletín Oficial del Estado y líbrese mandamiento al Registro Mercantil para su inscripción.

Notifíquese esta sentencia al concursado, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento.

Modo de Impugnación: mediante recurso de Apelación ante la Audiencia Provincial de Tarragona (artículo 455 Lec).

El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 Lec).

Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 50 euros, sin el cual no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que este Juzgado tiene abierta en la entidad Banesto.

La consignación deberá acreditarse en el momento de la preparación del recurso.

Están exentos de constituir el depósito los beneficiarios de la aistencia jurídica gratuita, el MInisterio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las entidades locales y los organismos autónomos dependientes de los mismos.

Así por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo."

Y en cumplimiento de lo acordado, libro el presente en

Tarragona, 18 de enero de 2010.- El Secretario Judicial.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid