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Documento BOE-B-2010-41291

ZAMORA

Publicado en:
«BOE» núm. 291, de 2 de diciembre de 2010, páginas 136127 a 136127 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2010-41291

TEXTO

D. Ángel Javier Martín Sánchez, Secretario Judicial del Jdo. 1.ª Inst. e Instrucción N.º 2 de Zamora, por el presente, hago saber:

1º.-Que en los autos seguidos en este órgano judicial de Declaración Concurso 767/2010 se ha dictado en fecha 28 de octubre de 2010 Auto de Declaración de concurso Voluntario de los deudores María González Bernardo, con DNI 11.643.693-N, y Ángel Calvo Vicente, con DNI 71007087-S, cuyo centro de intereses principales lo tienen en Fermoselle (Zamora).

2º.-Se ha acordado la Intervención de las facultades de administración y disposición, que seguirán ejerciendo los deudores.

3º.-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el art. 85 de la ley concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este órgano judicial en el plazo de 15 días a partir de la última fecha de publicación de este edicto mediante escrito firmado por el acreedor por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando si se invocare un privilegio especial los bienes o derechos a que afecte, y en su caso, los datos registrales acompañándose en todo caso originales o copias autenticas del titulo o de los documentos relativos al crédito.

4º.-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (art. 184 de la ley concursal).

Zamora, 15 de noviembre de 2010.- El/La Secretario/a Judicial.

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