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Documento BOE-B-2010-41101

Resolución de la Dirección General de la Guardia Civil, Subdirección General de Personal Servicio de Retribuciones, sobre la notificación a don Carlos López Molina para el reintegro del percibo indebido de haberes.

Publicado en:
«BOE» núm. 289, de 30 de noviembre de 2010, páginas 135885 a 135885 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-B-2010-41101

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, conforme a la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y no habiendo sido posible notificar a don Carlos López Molina (45.466.017-P) la notificación de 23 de julio de 2010, relativo al reintegro de pagos indebidos y una vez expuesto en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Tarragona entre los días 15 de octubre al 4 de noviembre de 2010, se resuelve la publicación de la presente en el BOE y cuyo texto completo es el siguiente:

"Con escrito de este Servicio, número 135.033 de 23 de julio de 2010, se le intentó la notificación de un procedimiento de reintegro por el percibo indebido de la cantidad de 1.823,88 euros en concepto de Haberes, en el período comprendido entre el 26-10-2009 al 31-12-2009, abonada en la nómina de los meses de octubre a diciembre de 2009, y habiéndose constatado que durante el período señalado no le correspondía el percibo de la cantidad mencionada, conforme dispone la Resolución 160/18129/09 (BOD núm. 228, de fecha 23 de noviembre de 2009), por la que pasa a la situación de excedencia voluntaria a partir del 26 de octubre de 2009; procede comunicar que tal cantidad será sometida a la consideración de "cantidades indebidamente percibidas".

Una vez transcurrido el plazo máximo de 15 días que contempla el artículo 84.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, sin que por esa parte se hayan efectuado alegaciones ni presentado documentos que pudieran favorecer su pretensión de defensa, se da por cumplimentado el trámite de audiencia, y en consecuencia.

Acuerdo declarar que la cantidad de 1.823,88 euros, percibida por don Carlos López Molina (45.466.017-P), en concepto de Haberes, en el período comprendido entre el 26-10-2009 al 31-12-2009, tiene la consideración de "cantidades indebidamente percibidas".

Contra este acto, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Director General de la Policía y de la Guardia Civil, en el plazo de un mes desde el día siguiente de la publicación en el BOE, en base a cuanto disponen los artículos 107, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común".

Por razones de agilidad en la tramitación del expediente, el citado recurso se remitirá a la Subdirección General de Personal, Servicio de Retribuciones de la Guardia Civil (Carretera de Andalucía km. 25,500), CP 28.343 Valdemoro (Madrid), aportando las pruebas necesarias para fundamentar sus pretensiones.

Lo que se comunica para su conocimiento y efectos oportunos.

Valdemoro, 26 de noviembre de 2010.- Coronel Jefe del Servicio de Retribuciones de la Guardia Civil, don Fausto Gallego González.

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