No habiendo podido notificar a los familiares de don Agustín Carretero Mateo, en los dos intentos practicados en su domicilio, se les hace saber que, por el Director Gerente del Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa, en el expediente administrativo núm. 38/10, se ha dictado con fecha 3 de noviembre de 2010, resolución de contrato, por la causa contemplada en el artículo 10.1, letra g), de la Ley 26/1999, de 9 de julio, de medidas de apoyo a la movilidad geográfica de los miembros de las Fuerzas Armadas.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 26/1999, de 9 de julio, la presente Resolución agota la vía administrativa y contra la misma podrán formular, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a la presente publicación, recurso contencioso–administrativo, ante la Sala de dicha índole del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid o el correspondiente al domicilio de los interesados, o, potestativamente, en el plazo de un mes, el recurso de reposición, regulado en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, ante este Organismo.
El expediente se encuentra, en todo caso, a disposición de los interesados en el Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa, paseo de la Castellana, núm. 233, de Madrid, o en las dependencias de la Subdelegación de Defensa correspondiente.
Madrid, 26 de noviembre de 2010.- La Jefe de la Subunidad de Expedientes, Cristina Úbeda Murillo.
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