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Documento BOE-B-2010-38491

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 274, de 12 de noviembre de 2010, páginas 125232 a 125233 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO SOCIAL
Referencia:
BOE-B-2010-38491

TEXTO

Edicto.

Cédula de notificación

Doña María de los Angeles Charriel Ardebol, Secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 14 de Madrid, hago saber:

Que en el procedimiento ejecución 72/2010 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de don David González Machón contra la empresa "Asistencia Técnica Madrid, Sociedad Limitada.", "Comercial Asistencia Técnica Barcelona, Sociedad Limitada" y "Catalana de Reparaciones Expres, Sociedad Limitada", sobre despido, se ha dictado auto y decreto de ejecución, de fecha 16 de julio de 2010 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Auto de ejecución, parte dispositiva.

Dispongo: Despachar orden general de ejecución a favor de la parte ejecutante, don David González Machón, frente a "Asistencia Técnica Madrid, Sociedad Limitada.", "Comercial Asistencia Técnica Barcelona, Sociedad Limitada" y "Catalana de Reparaciones Expres, Sociedad Limitada", en forma solidaria, por un importe de 27.658,08 euros de principal, más otros 5.531,62 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de éstas, sin prejuicio de su posterior liquidación

Decreto de ejecución, parte dispositiva: En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo: El embargo de bienes de la demandada desconociéndose bienes procédase a la averiguación de los mismos a través del punto neutro judicial.

En caso positivo se acuerda el embargo de las cantidades objeto de apremio, para responder a la cantidad de, mas que provisionalmente se calculan para intereses y costas, siendo remitidos a la cuenta de depósito y consignaciones de este Juzgado. Librándose al efecto mandamiento al Servicio Común de actos de comunicación/mandamiento a la Comisión Judicial para que practique el requerimiento/exhorto a la oficina judicial del domicilio del ejecutado que figura en las actuaciones.

Requerir a las demandadas a fin de que en el plazo de diez días, manifiesten relacionadamente bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución, con expresión, en su caso de inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con qué título, bajo apercibimiento de que, en caso de no verificarlos, podrá ser sancionado, cuando menos, por desobediencia grave, en caso de que no presente la relación de sus bienes, incluya en ella bienes que no sean suyos, excluya bienes propios susceptibles de embargo o no desvele las cargas y gravámenes que sobre ellos pesaren, y podrán imponérsele también multas coercitivas periódicas.

Y para que le sirva de notificar en legal forma a "Asistencia Técnica Madrid, Sociedad Limitada.", "Comercial Asistencia Técnica Barcelona, Sociedad Limitada" y "Catalana de Reparaciones Expres, Sociedad Limitada", en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial del Estado. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Madrid, 26 de octubre de 2010.- La Secretaria judicial.

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