Yo, Manuel García del Olmo Santos, Notario de Sevilla y del Ilustre Colegio de Andalucía,
Hago constar:
I.- Que a instancias del acreedor hipotecario, la entidad Banco Español de Crédito S.A., se sigue en la Notario de mi cargo procedimiento de venta extrajudicial sobre la siguiente finca urbana:
Cuatro.- Casa sito en Sevilla, marcada con el número 19 de la calle La Rinconada. Tiene una superficie construida de doscientos diez metros cuadrados.
Linda: Al frente, en linea de diez metros con la calle de su situación; derecha, en linea de veintidós metros, con don Manule León Saucedo; izquierda, en linea de veinte metros, con don Manuel Rodríguez Montero; y fondo, con la Hacienda Santa Barbara.
Inscrita la hipoteca en el Registro número catorce de Sevilla, al Tomo 3.367, Libro 91, Folio 69, Finca 3.789, inscripción 3ª
II. - La primera subasta se celebrará en mi notaria, sita en Sevilla, avenida República Argentina n° 25, 4ª planta, el dia 10 de diciembre de 2010, a las 10 horas, el tipo que ha de servir de base a la misma será doscientos cuarenta y siete mil setecientos veintidós euros con treinta céntimos (247.722,30 euros).
La documentación y certificación del Registro a que se refieren los artículos 236.a) y 236.b) del Reglamento Hipotecario, pueden consultarse en esta Notaria, entendiéndose que todo licitador acepta como bastante la titulación, y que las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecuta continuaran existentes.
Para - el supuesto de falta de postor en la primera subasta, se celebrará la segunda subasta el día 30 de diciembre de 2010, en el mismo lugar y hora indicados para la primera, siendo el tipo para esta segunda subasta el 75% de la primera, esto es, ciento ochenta y cinco mil setecientos noventa y un euros con setenta y tres céntimos (185.791,73 euros).
y para el supuesto de falta de postor en la segunda subasta, se celebrará la tercera subasta el día 19 de enero de 2011, en el mismo lugar y hora indicados para las anteriores, sin sujeción a tipo.
III.- Para tomar parte en las subastas habrá de consignarse con carácter previo en esta Notaría, mediante efectivo metálico o cheque bancario o conformado, el importe a que se refiere el articulo 236.h) del Reglamento Hipotecario, esto es, el 30% del tipo consignado para la primera o segunda subasta, o el 20% del tipo de la segunda para la tercera.
Sevilla, 26 de octubre de 2010.- El Notario.
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