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Documento BOE-B-2010-37859

PALMA DE MALLORCA

Publicado en:
«BOE» núm. 269, de 6 de noviembre de 2010, páginas 123342 a 123342 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2010-37859

TEXTO

Doña Virginia García Prada, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Palma de Mallorca, por el presente, hago saber:

Primero.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el nº Sección I Declaración Concurso 315/10 se ha dictado a instancias de Claudia Gabriela de Filippis Giampetro (N.I.F. 43.463.800-X) en fecha 16 de julio de 2010 Auto de Declaración de Concurso Necesario de Claudia Gabriela de Filippis Giampetro, cuyo centro de principales lo tiene en Plaza de San Cosme, 5.

Segundo.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición.

Tercero.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 Ley Concursal).

Palma de Mallorca, 27 de julio de 2010.- El/La Secretario/a Judicial.

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