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Documento BOE-B-2010-36871

Resolución de la Agencia Española de Protección de Datos por la que se procede a la publicación oficial del levantamiento de la suspensión cautelar de procedimiento sancionador ante la imposibilidad de notificación en domicilio.

Publicado en:
«BOE» núm. 261, de 28 de octubre de 2010, páginas 118185 a 118185 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Agencia Española de Protección de Datos
Referencia:
BOE-B-2010-36871

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5, 60.2 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC), y para que sirva de notificación a los interesados, ante el resultado negativo de dos intentos en los domicilios señalados por los mismos, se hace público que por el Director de la Agencia Española de Protección de Datos se han dictado las Resoluciones que se señalan a continuación.

Los denunciados y denunciantes, o sus representantes podrán solicitar, acreditando su identidad, una copia de la Resolución correspondiente, compareciendo en el Registro de la sede de la Agencia Española de Protección de Datos, calle Jorge Juan 6, 28001 Madrid, en el plazo máximo de 7 días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiera comparecido la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer.

Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 127 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), se ha dictado Acuerdo levantando la suspensión cautelar de los procedimientos sancionadores identificados a continuación.

DENUNCIADOS

PS/00092/2008

Fraile y Centenera, S.L.

B81380602

Conforme a lo establecido en el artículo 107 LRJPAC contra el presente acto no cabe recurso administrativo.

Madrid, 22 de octubre de 2010.- El Secretario General de la Agencia Española de Protección de Datos D. Ignacio García-Belenguer Laita de conformidad con lo establecido en el art. 30 apartado b) del Real Decreto 428/1993 de 26 de marzo por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Española de Protección de Datos.

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