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Documento BOE-B-2010-36739

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 261, de 28 de octubre de 2010, páginas 117962 a 117962 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2010-36739

TEXTO

Doña María del Carmen Fresneda García, Secretario del Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de Madrid, por el presente

Hago saber:

1.º) Que en los autos CNA 791/2008 seguidos en este Juzgado a instancias de Caamaño y Anido, S.L., se ha dictado auto de declaración de concurso necesario de Belia Tours, S.L. con CIF n.º B83573626 y cuyo centro de intereses principales coincidente con el domicilio lo tienen en Madrid, calle Paseo de los Castellanos n.º 15.

2.º) Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición de las concursadas, que ejercerá la Administración concursal.

3.º) Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el art. 85 de la LCo.

Dicha comunicación deberá presentarse ante el Decanato, registro de escritos civiles sito en c/ Capitán Haya n.º 66, en el plazo de quince días a partir de la última fecha de publicación de este edicto, mediante dos copias de escrito firmado por el acreedor por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente en ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o los documentos relativos al crédito.

4.º) Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LCo).

Madrid, 8 de septiembre de 2010.- La Secretaria Judicial.

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