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Documento BOE-B-2010-36013

PONTEVEDRA

Publicado en:
«BOE» núm. 257, de 23 de octubre de 2010, páginas 115848 a 115848 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2010-36013

TEXTO

Edicto

Doña Elena García Figueira, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Pontevedra con sede en Vigo, por el presente hago saber:

Primero.-Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número sección I declaración concurso 266/2010 se ha dictado a instancias de Astilleros Varaderos Pérez Méndez, Sociedad Limitada, en fecha 13 de octubre auto de declaración de concurso voluntario de Astilleros Varaderos Pérez Méndez, Sociedad Limitada, con Código de Identificación Fiscal B-36.809.358, cuyo centro de intereses principales lo tienen esta ciudad, en calle Ríos, número 70, de Teis.

Segundo.-Se ha acordado la de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio se conservan, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores.

Tercero.-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante el Juzgado en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

Cuarto.-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (artículo 184.3 Ley Concursal)

Vigo, 14 de octubre de 2010.- El/La Secretario Judicial.

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