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Documento BOE-B-2010-34755

ZARAGOZA

Publicado en:
«BOE» núm. 248, de 13 de octubre de 2010, páginas 111776 a 111776 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2010-34755

TEXTO

Don Tomasa Hernández Martin, secretario judicial del Juzgado de lo mercantil 1 de Zaragoza por el presente

Hago saber:

1- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º Sección I, declaración concurso 0000308/2010-F se ha dictado a instancias de "Servicios Integrales Construcción y Reformas 2008, S.L." en fecha 16 de septiembre de 2010 auto de declaración de concurso voluntario de "Servicios Integrales de Construcción y Reformas, 2008 S.L." con CIF número B-99202194 con domicilio social en calle concepción de otero número 23, casa 2, 8º C de Zaragoza, en el tomo 3624, folio 213 hoja número Z-46ñ497, inscripción 1ª, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Zaragoza.

2-Se acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor.

3- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la ley concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse en este juzgado en el plazo de 15 días a partir de la última fecha de publicación de este edicto, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias autenticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (artículo 184.3 Ley Concursal).

Zaragoza, 16 de septiembre de 2010.- El Secretario Judicial.

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