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Documento BOE-B-2010-34075

Anuncio de la Subdirección General de Planificación y Proyectos de la Dirección General de Infraestructuras Ferroviarias sobre aprobación del Expediente de Información Pública y Audiencia del "Proyecto Básico de la Línea Barcelona-Port Bou. Tramo: Vallbona-Montcada i Reixac".

Publicado en:
«BOE» núm. 242, de 6 de octubre de 2010, páginas 108500 a 108501 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2010-34075

TEXTO

Con fecha 7 de septiembre de 2010, el Secretario de Estado de Planificación e Infraestructuras ha resuelto:

1. Hacer constar que el expediente reseñado cumple con lo preceptuado en los artículos 10 y 12 del Reglamento del Sector Ferroviario (Real Decreto 2387/2004 de 30 de diciembre).

2. Aprobar el expediente de Información Pública y Audiencia a las Administraciones del "Proyecto Básico de la línea Barcelona-Port Bou. Tramo: Vallbona-Montcada i Reixac", no considerando oportuno realizar ninguna modificación en el mismo. Los ajustes de detalle de la solución se analizarán durante la redacción de los Proyectos de Construcción.

3. De acuerdo con el artículo 8 del Reglamento del Sector Ferroviario (R.D. 2387/2004, de 30 de diciembre), establecer que la ejecución y aprobación de los correspondientes proyectos constructivos corresponderá al Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF).

4. En lo que hace referencia a las actuaciones en el área de Vallbona, puesto que el traslado de las vías de la línea C2 responde a una petición expresa del Ayuntamiento de Barcelona y no a necesidades ferroviarias, esta actuación estará condicionada a la firma de un convenio de financiación a los efectos.

5. En los proyectos de construcción se definirán con detalle las actuaciones previstas en el edificio de la actual Estación de Montcada i Reixac y su entorno, así como la futura estación soterrada.

6. Para garantizar la mínima afección al CEIP Reixac, se incluirá en los proyectos de construcción la definición tanto de los trabajos a realizar durante las obras en el patio de dicho centro educativo como el detalle de la reposición de la estructura de cubierta del mismo. Además se deberá contemplar la instalación de las protecciones necesarias y se incluirá una prescripción de tal modo que la ejecución de los trabajos que afecten al CEIP Reixac se lleven a cabo fuera del período lectivo.

7. Se incluirá en los proyectos de construcción un estudio de erosión del cauce del río Ripoll una vez ejecutada la losa superior del túnel, para analizar la posibilidad de que pudieran darse problemas de socavación y prever las medidas correctoras.

8. Se analizará de nuevo en los proyectos de construcción la afección al Rec Comtal, contando con la información ampliada disponible en el momento de redacción de los mismos.

9. En los proyectos de construcción se revisará la ubicación de las salidas de emergencia teniendo en cuenta las recomendaciones de carácter medioambiental realizadas por los alegantes, atendiendo igualmente a condicionantes técnicos y dando cumplimiento a la normativa de seguridad vigente.

10. En los proyectos de construcción, se estudiará con detalle la reposición de los elementos, instalaciones y servicios afectados, tales como conducciones de agua, líneas eléctricas, caminos o instalaciones deportivas, y plantear las reposiciones necesarias para mantener la situación previa a las obras.

11. Durante la fase de redacción de los proyectos de construcción y de ejecución de las obras se realizará una adecuada planificación y coordinación de las actuaciones que pudieran conllevar afecciones al sistema ferroviario.

12. Se tendrán en cuenta, en los proyectos de construcción, las recomendaciones de carácter medioambiental que se recogen en las alegaciones del Ayuntamiento de Montcada i Reixac y del Ayuntamiento de Barcelona. Además, se presentará un Estudio de Ruido y Vibraciones, tanto en fase de ejecución como de explotación, que permita determinar las medidas necesarias para reducir o eliminar las afecciones sobre la población de la zona de estudio.

13. En los proyectos de construcción se desarrollará el análisis de la subsidencia producida en superficie como consecuencia de la excavación del túnel de la línea de ancho convencional, considerando la posible influencia del túnel ya construido de la LAV. Además, definir la auscultación del túnel ejecutado con TBM, así como de los pozos de ataque y extracción que, en su situación acabada constituirán sendos tramos de túnel artificial y de las galerías de conexión entre el túnel y los pozos de ventilación y emergencia.

14. En los proyectos de construcción se definirán tanto los pasos a nivel provisionales como las actuaciones necesarias en pasos inferiores para permitir el mismo nivel de permeabilidad existente en la actualidad.

15. Se analizará en los proyectos de construcción la posibilidad de ubicar las instalaciones de obra en la zona ocupada actualmente por las obras de LAV.

16. La presente Resolución pone fin a la vía administrativa. En consecuencia, y sin perjuicio de que pueda utilizarse cualquier otro recurso, tal como señala el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contra la mencionada aprobación podrá interponerse recurso Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de publicación o notificación de la Resolución, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.

Lo que se publica para general conocimiento.

Madrid, 29 de septiembre de 2010.- El Subdirector General de Planificación y Proyectos. Fdo.: Francisco Javier Sánchez Ayala.

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