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Documento BOE-B-2010-33965

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 242, de 6 de octubre de 2010, páginas 108362 a 108362 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2010-33965

TEXTO

D./Dña. Virginio Sánchez Barberán, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Alicante,

Por el presente hago saber que ha dictado con fecha 4 de junio de 2010 auto de fin de la fase común y apertura de convenio de las mercantiles Alimar Europa, S.L Y Vallelitoral Esp., S.L, con CIF n.º B-53604575 y B-53972212 cuya parte dispositiva es la siguiente:

1.º Se declara la terminación de la fase común del concurso y se acuerda la apertura de la fase de convenio

2º. Procédase a formar la Sección Quinta del concurso

3.º Se convoca Junta De Acreedores que se celebrará el próximo diez de diciembre de 2010 alas 9,30 horas para la mercantil Alimar Europa, S.L y 10,30 horas para la mercantil Vallelitoral Esp, S.L en la Sala de audiencias de este Juzgado

4.º Los acreedores podrán adherirse a la propuesta de convenio en los términos del art. 103 hasta el cierre de lista de asistentes.

Notifíquese a las partes personadas y publíquese por medio de edicto en el Registro Publico Concursal y en el tablón de anuncios de este Juzgado e inscríbase en el Registro Mercantil

En tanto no se cree el Registro Publico Concursal, publíquese el edicto en extracto en el BOE de forma gratuita

Líbrense al efecto los correspondientes mandamientos y oficios que se entregan al Procurador del solicitante para su diligenciamiento, debiendo en el plazo de cinco días acreditar la presentación con los requisitos necesarios ante las oficinas correspondientes, bajo apercibimiento de incurrir en responsabilidad profesional en caso de demora.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial a preparar ante Juzgado en el plazo de cinco días y tendrá la consideración de apelación mas próxima a los solos efectos de reproducir las cuestiones planteadas en los recursos de reposición o incidentes concursales durante la fase común a que se refiere el articulo 197.3

A los efectos dichos llévese copia de esta resolución a los incidentes concursales en los que se haya formulado protesta notificando esta resolución a los que son parte en los mismos

Alicante, 4 de junio de 2010.- Secretario judicial.

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