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Documento BOE-B-2010-33870

SEVILLA

Publicado en:
«BOE» núm. 241, de 5 de octubre de 2010, páginas 107688 a 107688 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO SOCIAL
Referencia:
BOE-B-2010-33870

TEXTO

Don Alonso Sevillano Zamudio, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social nímero 4 de Sevilla,

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 301/2010 a instancia de la parte actora Fundación Laboral de la Construcción contra Construccions Mavirmo, S.L., sobre Social Ordinario se ha dictado sentencia de fecha 15/09/10 cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo

Que debo estimar y estimo

Notifíquese esta resolución a las partes, con entrega de copia testimoniada, advirtiéndoles que contra la misma, cabe recurso de suplicación, ante la Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, anunciable en el plazo de cinco días hábiles siguientes a tal notificación, por escrito, comparecencia o mediante simple manifestación al notificarle la presente ante este Juzgado de lo Social.

De hacerse uso de este derecho por la parte condenada, deberá acreditar al anunciar el recurso haber ingresado el importe de la condena en la cuenta de depósitos y consignaciones judiciales de este Juzgado en el Banesto, Oficina 4325, sita en c/ José Recuerda Rubio, 4 (Urbana Av. Buhaira-Viapol) de esta Capital, abierta con el n.º 4023000065, utilizando para ello el modelo oficial y citando en el mismo el n.º de autos y año del procedimiento; tal consignación podrá sustituirla por aval bancario, en el que deberá constar la responsabilidad solidaria del avalista, quedando el documento presentado en poder del Sr. Secretario Juzgado.

Igualmente y al formalizar el recurso, deberá efectuar el depósito de 150.25 € en la cuenta 4023000065, que tiene abierta este Juzgado en la misma entidad bancaria, haciéndose dicho depósito de la misma manera arriba indicada.

Así, por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en única instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Demanda interpuesta por Fundación Laboral de la Construcción, contra Construcciones Mavirmo, S.L., en cuya virtud, debo condenar y condeno a la empresa a abonar al actor la cantidad de ocho mil cincuenta y cinco euros con sesenta y ocho céntimos (8.055,68 euros).

Y para que sirva de notificación al demandado Construcciones Mavirmo, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial del Estado, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

Sevilla, 16 de septiembre de 2010.- Secretario Judicial.

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