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Documento BOE-B-2010-33547

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 239, de 2 de octubre de 2010, páginas 107265 a 107265 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2010-33547

TEXTO

Edicto.

Doña Teresa de Jesús Hernández Rivero, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal 0000037/2010, seguido a instancias del Procurador don Óscar Muñoz Correa, en nombre y representación de Liberty Grupo Hotelero, S.L., con CIF número B- 35495951, con domicilio social y sede de sus principales intereses en la avenida de Tirajana, número 32, edificio Liberty, local 10-11, en Playa del Inglés, San Bartolomé de Tirajana, se ha dictado auto el día 09/09/10, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de Liberty Grupo Hotelero, S.L., que se tramitará por el procedimiento abreviado y con carácter voluntario.

Se designa como Administrador del concurso al Letrado don César Cervera Cantón.

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; la intervención.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de quince días a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el artículo 6.3 del Real Decreto-ley 3/2009, de 27 de marzo, de medidas urgentes en materia tributaria, financiera y concursal, por el cual se modifica el número 5.º del apartado 1 del artículo 21 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal.

La comunicación de créditos deberá realizarse aportando copia documental para la administración concursal bajo apercibimiento de no ser reconocido el crédito o de su posibilidad de clasificarlo conforme a lo previsto en artículo 92.1 LC.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 20 de septiembre de 2010.- La Secretaria Judicial.

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