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Documento BOE-B-2010-32334

Acuerdo del Servicio Provincial de Costas en Tenerife sobre declaración de necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados por la ejecución del proyecto de acondicionamiento de la costa de Puerto Espíndola, fase 2.ª, término municipal de San Andrés y Sauces (Isla de la Palma).

Publicado en:
«BOE» núm. 229, de 21 de septiembre de 2010, páginas 102417 a 102418 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-B-2010-32334

TEXTO

En fecha 19 de febrero de 2010 el Consejo de Ministros ha acordado la declaración de utilidad pública de los bienes y derechos afectados por las obras de ejecución del "Proyecto de acondicionamiento de la costa de Puerto Espíndola, fase 2.ª, término municipal de San Andrés y Sauces (isla de La Palma)", así como la iniciación de los trámites para la expropiación forzosa de los bienes y derechos necesarios para la ejecución de las obras, cuya relación fue sometida a información pública de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954 y el artículo 17 del Decreto de 26 de abril de 1957 por el que se aprueba el Reglamento de la misma Ley.

Finalizado el período de información pública y habiéndose incorporado al procedimiento las alegaciones presentadas, en cumplimiento de lo previsto en los artículo 20, 21 y 22 de la Ley de Expropiación Forzosa y los artículos concordantes de su Reglamento y, haciendo uso de la competencia otorgada por el artículo 98 de la Ley antes citada, el Ingeniero Jefe del Servicio Provincial de Costas en Santa Cruz de Tenerife, ha resuelto:

Acordar la necesidad de ocupación de los bienes que se indican a continuación, cuya relación individualizada queda definitivamente aprobada.

Numero parcela: 02. Superficie metros cuadrados: 300 parcela 119 construcción. Referencia catrastral: 020170BS3900S001DD. Titulares: Anselmo Simón Herrera Martín. Situación de los bienes: Puerto Espíndola-San Andrés y Sauces.

Numero parcela: 426. Superficie metros cuadrados: 519,10. Referencia catrastral: 38033A017004260000LG.Titulares: Herederos de Sebastian Diaz Fernández y Eduarda Martin Rodriguez. Situación de los bienes: Puerto Espíndola-San Andrés y Sauces.

Numero parcela: 427. Superficie metros cuadrados: 559,33. Referencia catrastral: 38033A017004270000LQ.Titulares: Manuel Hernández Martín. Situación de los bienes: Puerto Espíndola-San Andrés y Sauces.

Numero parcela: 428. Superficie metros cuadrados: 622,57. Referencia catrastral: 38033A017004280000LP.Titulares: Norberto Candelario Peréz. Situación de los bienes: Puerto Espíndola-San Andrés y Sauces.

Disponer la publicación del presente acuerdo en la forma prevista en el artículo 18.2 de Ley de Expropiación Forzosa, así como la notificación individual a cuantas personas aparezcan como interesadas en este procedimiento expropiatorio. Dicha publicación se realiza, asimismo, a los efectos previstos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el supuesto que resultasen infructuosos los intentos de notificación individual.

Contra este acuerdo podrá interponerse recurso de alzada ante la Ministra de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino, en el plazo de un (1) mes contado a partir del día siguiente a la notificación de esta resolución de conformidad con lo dispuesto en los artículos 22.1 de la Ley de Expropiación Forzosa y los artículos 114 y 115 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 10 de septiembre de 2010.- P.D. (O. ARM/1603/2010, rectificada por 0. ARM/1824/2010, BOE del día 7 de julio de 2010), el Subdirector General para la Sostenibilidad, Miguel Velasco Cabeza.

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