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Documento BOE-B-2010-2919

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 23, de 27 de enero de 2010, páginas 6826 a 6827 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2010-2919

TEXTO

Edicto

Juzgado Primera Instancia número 2 de Barcelona.

Juicio 759/2009 Procedimiento ordinario.

Parte demandante: Doña Aurea Yáñez Álvarez.

Parte demandada: Herencia yacente y herederos desconocidos don Primitivo García Sánchez.

Sobre Adjudicación liquidación sociedad conyugal.

En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

Parte dispositiva

Primero.- Se admite a trámite la demanda presentada por el Procurador Sr/a. doña Charo Sáez Buil, en nombre y representación de doña Aurea Yáñez Álvarez, frente a Herencia yacente y herederos desconocidos don Primitivo García Sánchez, sobre liquidación y adjudicación de sociedad conyugal, sustanciándose el proceso por las reglas del juicio ordinario.

Segundo.- Dese traslado de la demanda a la/s parte/s demandada/s, haciéndole/s entrega de copia de la misma y de los documentos acompañados, emplazándola/s con entrega de la oportuna cédula para que la conteste/n en el plazo de veinte días hábiles, computado desde el siguiente al emplazamiento.

Apercíbase a la/s parte/s demandada/s que si no comparecen dentro del plazo se le/s declarará en situación de rebeldía procesal (artículo 496.1 LECn). Adviértasele/s asimismo, que la comparecencia en juicio debe realizarse por medio de Procurador y con asistencia de Abogado (artículo 23 y 31 LECn).

Dirigiéndose la presente demanda contra la herencia yacente e ignorados herederos de don Primitivo García Sánchez, empláceseles mediante edictos, que se publicarán en el Boletín Oficial del Estado, a petición de la actora, y en el tablón de anuncios de este Juzgado, sin perjuicio de intentar localizar a los herederos en el que fue el domicilio del difunto.

Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 451 y 452 de la LECn).

Será también requisito indispensable para su admisión, que el recurrente ingrese en la cuenta de consignaciones del presente expediente el depósito de 25 euros en concepto de recurso de reposición y lo acredite mediante la presentación de copia o resguardo del ingreso en el que conste el código 00 y en observaciones la fecha de la resolución recurrida (Disposición Adicional 15ª LO 1/2009, de 3 de noviembre).

Lo acuerda y firma la Magistrada-Jueza en sustitución doña María Dolors Lagunas Güell del Juzgado Primera Instancia número 2 de Barcelona. Doy fe.

La Magistrada-Jueza en sustitución. La Secretaria Judicial.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada Ignorados herederos y herencia yacente de don Primitivo García Sánchez, por auto de 17 de diciembre de 2009 el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto para llevar a efecto la diligencia de emplazamiento.

Barcelona, 17 de diciembre de 2009.- La Secretaria Judicial.

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