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Documento BOE-B-2010-29029

Edicto del Registro de Organizaciones no Gubernamentales de Desarrollo adscrito a la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID) por el que se notifica requerimiento efectuado en el procedimiento de inscripción.

Publicado en:
«BOE» núm. 194, de 11 de agosto de 2010, páginas 91810 a 91810 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Referencia:
BOE-B-2010-29029

TEXTO

En virtud de lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, no siendo posible practicar la notificación por causas no imputables a la Administración de las previstas en el apartado número 4 del indicado precepto, se efectúa la misma mediante el presente anuncio.

En relación con la solicitud de inscripción en el Registro de Organizaciones no Gubernamentales de Desarrollo adscrito a la AECID, presentada por la entidad ONG Ayuda al prójimo y de conformidad con el art. 71.1. de la Ley 30/1992, se requiere de la citada entidad la presentación de la siguiente documentación en original o fotocopia compulsada: solicitud dirigida a la Directora de la AECID; tarjeta del CIF; certificado de inscripción en el Registro de Asociaciones del cambio de denominación; composición de la junta directiva de la entidad a la fecha de presentación de la solicitud; declaración jurada del representante con poderes de que la entidad no ha sido sancionada en firme; certificación firmada por persona con poderes, indicando las cantidades en concepto de subvenciones y ayudas que la entidad ha recibido de organismos públicos, y declaración de representante con poderes en el que se especifiquen los medios personales y materiales de que dispone la entidad para llevar a cabo los proyectos y actividades.

Dicha documentación deberá ser remitida en el plazo de diez días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación. Transcurrido este plazo sin que se hubieran aportado tales documentos, se le tendrá por desistida en su petición, previa notificación de la resolución que se dictará en los términos previstos en el artículo 42 del citado texto legal.

Madrid, 2 de agosto de 2010.- La Jefe del Departamento de Organizaciones no Gubernamentales de Desarrollo, P.A., el jefe del área de convocatorias del Departamento de ONGD. Fdo.: Santiago Pérez Lorente.

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