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Documento BOE-B-2010-28305

Resolución de la Delegación Provincial de Economía, Innovación y Ciencia Jaén, por la que se concede autorización administrativa, se aprueba el proyecto de ejecución y se declara la utilidad pública de la instalación de gas natural que se cita. EXPTE. GAS 3007 BIS.

Publicado en:
«BOE» núm. 189, de 5 de agosto de 2010, páginas 89539 a 89543 (5 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-B-2010-28305

TEXTO

Hechos

Primero.- Con fecha de 30 de noviembre de 2009, Endesa Gas Distribución, S.A.U. solicitó utilidad administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y reconocimiento, en concreto, de utilidad pública de la instalación de gas natural referida.

Segundo.- De acuerdo con el artículo 78 y 96 del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural y Resolución de 29 de enero de 2004, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, sobre normas aclaratorias, se sometió el expediente a información pública, insertándose anuncio en: BOE nº 41, de fecha 16 de febrero de 2010, BOP de Jaén, de fecha 3 de febrero de 2010, periódicos Ideal, de fecha 27 de enero de 2010 y Diario Jaén de fecha 27 de enero de 2010, respectivamente. Han presentado alegaciones varios afectados en el sentido de que se realice la menor afección posible en la ejecución de la instalación. Se ha dado traslado de las alegaciones a la empresa solicitante que ha contestado positivamente.

Tercero.- De conformidad con los arts. 80, 84 y 98 del citado Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, se ha dado cumplimiento al trámite de información a las distintas Administraciones, Organismos y empresas de servicios públicos afectados por la instalación.

Fundamentos de Derecho

Primero.- Esta Delegación Provincial es competente para conceder la citada autorización, aprobación del proyecto de ejecución y declaración en concreto de utilidad pública, según lo dispuesto en el Decreto del Presidente 14/2010, de 22 de marzo, de las viceconsejerías y sobre reestructuración de Consejerías, Decreto 134/2010, de 13 de abril, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural, Resolución de 28 de enero de 2004, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan competencias en materia de instalaciones de gas en las Delegaciones Provinciales y Resolución de 29 de enero de 2004, de la citada Dirección General, sobre normas aclaratorias para la autorización administrativa, reconocimiento en concreto de utilidad pública, aprobación de proyecto de ejecución y autorización de explotación, transmisión y cierre de instalaciones de transporte y distribución de gas canalizado.

Lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954.

En virtud de los preceptos legales citados y a la vista del expediente de referencia, esta Delegación Provincial, resuelve:

Primero.- Conceder Autorización Administrativa, Aprobación de Proyecto y Declaración de Utilidad Pública de ejecución a Endesa Gas Distribución, S.A.U. para realizar la siguiente instalación de gas natural

Descripción de la instalación.

Nº expediente: GAS 3007 BIS.

Peticionario: Endesa Gas Distribución, S.A.U.

Finalidad: Ramal para suministro de gas natural a cogeneración Jabalquinto (Jaén).

Características de la instalación:

- Origen: El proyecto parte de la válvula de derivación de 6¨ incluida en el proyecto de antena a Mengíbar, no objeto de este proyecto.

- Destino: Finalizando en el límite entre las parcelas 35 (parcela donde se ubica la cogeneración) y, 16 del Polígono 20 de Jabalquinto.

- Presión: Presión máxima de servicio de 16 bar (MOP 16 bar).

- Tubería: De acero al carbono con revestimiento epoxy en la superficie interior, tipo API, diámetro 6¨.

- Caudal: El caudal máximo de consumo es 3700 Nm³/h.

- Longitud: La longitud total es de 2.820 metros, afectando a los términos municipales de Mengíbar, 2.668 metros y de Jabalquinto 152 metros en la provincia de Jaén.

1º.- Las obras y pruebas deberán realizarse de acuerdo con el proyecto y cumpliendo, en todo caso, lo indicado en los Reglamentos y demás normativa que le es de aplicación.

2ª.- Esta autorización se otorga independientemente y sin perjuicio de las autorizaciones, licencias o permisos que corresponda otorgar a otros organismos, entidades o particulares.

3º.- El plazo de puesta en marcha será de 12 meses contados a partir de la fecha de la notificación de la presente Resolución.

4º.- El titular de las citadas instalaciones, dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación Provincial, a efectos de reconocimiento definitivo del Acta de Puesta en Servicio. A dicha solicitud se acompañará un certificado de final de obra, suscrito por técnico facultativo competente, pruebas, certificados de soldaduras, homologación de aparatos, etc, conforme a la reglamentación en vigor.

5º.- La Administración Autonómica dejará sin efecto la presente Resolución en cualquier momento en que se observe el incumplimiento de las condiciones impuestas por ella.

Segundo.- Declarar la Utilidad Pública en concreto de la instalación referenciada, a los efectos de expropiación forzosa lo que lleve implícita:

Uno.- Expropiación forzosa en pleno dominio de los terrenos sobre los que se han de construir las instalaciones fijas en superficie.

Dos.- Para las canalizaciones de alta presión:

a) Imposición de servidumbre permanente de paso de gas a lo largo del trazado de la conducción, con una anchura de dos (2) metros, uno (1) metro a cada lado del eje por donde discurrirá enterrada la tubería y cables de telecomunicación y telemando que se requieran para la conducción del gas.

Libre acceso del personal y equipos necesarios para la vigilancia y para mantener, reparar o renovar las instalaciones, con pago, en su caso, de los daños que se ocasionen.

Posibilidad de instalar los hitos de señalización o delimitación y los tubos de ventilación, así como realizar las obras superficiales o subterráneas que sean necesarias para ello.

Limitaciones al dominio:

- Prohibición de plantar árboles o arbustos, así como de efectuar trabajo de arada o similares a una profundidad superior a cincuenta centímetro (50 cm.), a una distancia inferior a dos metros a contar desde el eje de la tubería y a ambos lados de la misma.

- Prohibición de realizar cualquier tipo de obras, en diez (10) metros, cinco a cada lado del eje de la tubería, construcción, edificación, movimientos de tierras o efectuar acto alguno que rebaje la cota del terreno o pueda dañar o perturbar el buen funcionamiento de las instalaciones. Esta distancia podrá reducirse siempre que se solicite expresamente y se cumplan las condiciones que en cada caso fije el órgano competente de la Administración.

- Obligación de informar al titular de la canalización del gas del alcance de cualquier obra de excavación o construcción que se pretenda realizar en el futuro, fuera de la franja de servidumbre pero dentro de la Zona de Seguridad definida en la Norma UNE-60-305-83, para la determinación y el establecimiento de las precauciones o medidas de seguridad convenientes que preserven posibles riesgos a la conducción de gas.

b) Ocupación temporal de los terrenos como necesidad derivada de la ejecución derivada de las obras, de la zona que se refleja para cada finca en los planos parcelarios de expropiación. En esta zona se hará desaparecer, temporalmente, todo obstáculo y se realizarán las obras necesarias para el tendido e instalación de la canalización y elementos anexos, ejecutando los trabajos u operaciones precisas a dichos fines. La anchura de la pista objeto de la ocupación temporal se define en función del diámetro del tubo. En este caso, la anchura de pista normal, según especificaciones emitidas por Endesa Gas será de 10 metros.

Término Municipal afectado: Jabalquinto y Mengíbar (Jaén)

RELACIÓN CONCRETA E INDIVIDUALIZADA DE BIENES Y DERECHOS AFECTADOS DEL PROYECTO:

"Ramal para suministro de gas natural a cogeneración Jabalquinto"

Abreviaturas utilizadas: Serv. m.l. = Servidumbre metros lineales; Serv. m² = Servidumbre metros cuadrados; O.T. m² = Ocupación temporal metros cuadrados; Exp. m² = Expropiación metros cuadrados; Políg. = Polígono; Parc. = Parcela; AC = Camino de acceso; VA = Válvula.

Finca nº

Titular

AFECCIONES

CATASTRO

Naturaleza

Serv. m.l.

Serv. m²

O.T. m²

Políg.

Parc.

Localidad: Mengibar (Jaén)

JA-MEN-1

Jesús Liébana San Martín.

6

12

52

2

176

olivar regadío

JA-MEN-2

Juana Saeta Soler.

9

18

86

2

175

olivar regadío

JA-MEN-3

Santiago Beltrán Beltrán.

73

146

725

2

173

olivar regadío

JA-MEN-4

Manuel Cano Galán.

67

134

665

2

171

olivar regadío

JA-MEN-5

Dolores Chica Damas.

38

76

374

2

166

olivar regadío

JA-MEN-6

Carmen Barahona Gómez.

16

32

157

2

167

olivar regadío

JA-MEN-7

Mengíbar Agrícola, S.L.

42

84

413

2

161

olivar regadío

JA-MEN-8

Mengíbar Agrícola, S.L.

40

80

396

2

160

olivar regadío

JA-MEN-9

Fernando Chica López y Mariana Chica del Mora

18

36

179

2

159

olivar regadío

JA-MEN-10

Mengíbar Agrícola, S.L.

17

34

162

2

98

olivar regadío

JA-MEN-11

Matías López Morenas.

1

2

10

2

99

olivar regadío

JA-MEN-14

María Medina Gutiérrez.

1

2

10

2

24

olivar regadío

JA-MEN-15

María Medina Gutiérrez.

79

158

786

2

48

olivar regadío

JA-MEN-16

María Medina Gutiérrez.

1

2

10

2

95

olivar regadío

JA-MEN-17

Matilde Olmo Plazas. Joaquín,

8

16

81

2

181

olivar regadío

Antonio y Matilde Morales Olmo

JA-MEN-18

Josefa Navarro Tauste.

34

68

332

2

94

olivar regadío

JA-MEN-19

Purificación Torres Sánchez.

26

52

254

2

93

olivar regadío

JA-MEN-20

Purificación Torres Sánchez.

27

54

271

2

92

olivar regadío

JA-MEN-21

Rosario Medina Torres.

38

76

379

2

91

olivar regadío

JA-MEN-22

Francisco Muñoz García.

20

40

194

2

90

olivar regadío

JA-MEN-23

María de la Cabeza Arellano Martínez.

20

40

194

2

89

olivar regadío

JA-MEN-24

Francisco Arellano Malpica.

20

40

196

2

88

olivar regadío

JA-MEN-25

Blas Beltrán Polaina.

18

36

175

2

87

olivar regadío

JA-MEN-26

Hros. de Cayetano Torres Criado.

19

38

187

2

85

olivar regadío

JA-MEN-27

María Teresa Álvarez Troyano.

97

194

967

2

84

olivar regadío

JA-MEN-28

Rufino Ávila Arroyo.

33

66

328

2

83

olivar regadío

JA-MEN-29

Purificación Torres Sánchez.

17

34

168

2

82

olivar regadío

JA-MEN-30

Julián Jiménez Valderas.

23

46

226

2

80

olivar regadío

JA-MEN-31

Purificación Torres Sánchez.

19

38

182

2

79

olivar regadío

JA-MEN-32

Rafaela Guerrero Carretero.

54

108

535

2

78

olivar regadío

JA-MEN-33

Purificación Torres Sánchez.

38

76

381

2

74

olivar regadío

JA-MEN-34

Hros. de José Antonio Risueño Medina

32

64

317

2

72

olivar regadío

JA-MEN-35

Sebastián Chica Saeta.

33

66

317

2

71

olivar regadío

JA-MEN-36

Purificación Torres Sánchez.

27

54

270

2

68

olivar regadío

JA-MEN-37

Purificación Torres Sánchez.

22

44

212

2

67

olivar regadío

JA-MEN-38

Mateo Balbín Aranega.

59

118

590

2

61

olivar regadío

JA-MEN-39

Juana Dolores Polaina Troyano.

97

194

962

2

57

olivar regadío

y pastos

JA-MEN-41

Hros. de Manuel Aguilera García.

87

174

865

2

56

olivar regadío

JA-MEN-42

Purificación Torres Sánchez.

52

104

520

2

50

olivar regadío

JA-MEN-43

Hros. de Inés Hidalgo Vilchez.

165

330

1.650

2

49

olivar regadío

JA-MEN-45

Cristóbal Canales de Haro.

55

110

551

20

153

olivar regadío

JA-MEN-46

Miguel Sánchez Barranco y

129

258

1.283

20

154

olivar regadío

Encarnación Hernández Valenzuela

JA-MEN-48

Adif.- Jefatura de Mantenimiento de Infraestructuras

9

18

123

20

9020

FF.CC. Puente-

Linares-Baeza (Estación Linares Baeza)

Genil-Linares

JA-MEN-49

Andrés Criado Medina.

36

72

498

20

155

olivar regadío

JA-MEN-50

Ayuntamiento de Mengibar.

4

8

56

20

9025

camino

JA-MEN-51

Antonio Caballero Garrido.

150

300

1.584

20

150

olivar regadío

JA-MEN-52

María Teresa Álvarez Troyano.

63

126

631

20

144

olivar regadío

JA-MEN-53

Jacinto Malpica Delgado.

37

74

365

20

141

olivar regadío

JA-MEN-54

Esteban Navarro Mimbrera.

18

36

175

20

139

olivar regadío

JA-MEN-55

Esteban Navarro Mimbrera.

12

24

112

20

138

olivar regadío

JA-MEN-56

Esteban Navarro Mimbrera.

7

14

71

20

137

olivar regadío

JA-MEN-57

Francisco Mesa Lorente.

82

164

812

20

135

olivar regadío

JA-MEN-58

Francisco Mesa Lorente.

45

90

448

20

132

olivar regadío

JA-MEN-59

Francisco Mesa Lorente.

74

148

739

20

127

olivar regadío

JA-MEN-60

Isabel Chica López.

117

234

1.163

20

123

olivar regadío

JA-MEN-61

Cristóbal López Sánchez.

41

82

402

20

120

olivar regadío

JA-MEN-62

Elvira Chica Chica.

48

96

476

20

118

olivar regadío

JA-MEN-63

Ayuntamiento de Mengibar.

5

10

50

20

9016

camino

JA-MEN-64

Elvira Chica Chica.

123

246

1.470

20

119

olivar regadío y

árboles de ribera

JA-MEN-65

Confederación Hidrográfica

39

78

385

20

9001

río Guadalquivir

Localidad: Jabalquinto (Jaén)

JA-JAB-1

Confederación Hidrográfica del Guadalquivir

44

88

434

20

31

árboles de ribera

JA-JAB-2

Harinera de Mengibar, S.A.

83

166

166

20

35

erial

JA-JAB-3

Hijos de Andrés Molina, S.A.

112

224

1.113

20

16

erial

INSTALACIONES AUXILIARES

Finca nº

Titular

AFECCIONES

CATASTRO

Naturaleza

Serv. m.l.

Serv. m²

O.T. m²

Exp. m²

Polig.

Parc.

Localidad: Jabalquinto (Jaén)

JA-JAB-2 AC

Harinera de Mengibar, S.A.

0

216

0

0

20

35

erial

JA-JAB-3 VA

Hijos de Andrés Molina, S.A.

0

0

0

4

20

16

erial

Contra la presente Resolución que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero de Economía, Innovación y Ciencia, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación, de conformidad con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificado por Ley 4/1999, de 13 de enero.

Jaén, 6 de julio de 2010.- El Director General de Industria, Energía y Minas, P.D. (Resolución 23.02.2005), el Delegado Provincial, Manuel Gabriel Pérez Marín.

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