Edicto:
Doña Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Alicante, por el presente,
Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan los autos de Proc. Concursal Abreviado-608/2008-b en los que se ha dictado auto declarando concluso el concurso voluntario de la mercantil Edupe Empresas S.L. con domicilio en calle Reverendo Pascual Pérez Martínez, n.º 1 de Crevillente, Alicante, C.I.F. número B-53204749 inscrita en el Registro Mercantil de esta provincia, al tomo 2024, folio 208, hoja A-43290, con los siguientes particulares:
1.- Se declara concluso el concurso de acreedores de Edupe Empresas S.L., el cual queda responsable del pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares.
2.- Quedan sin efecto y se alzan las limitaciones de administración y disposición del deudor que vinieron en su día acordadas a salvo las que se contengan en la sentencia de calificación.
3.- Se acuerda la disolución de Edupe Empresas S.L., decretándose la cancelación de su hoja registral de inscripción. Para su efectividad, líbrese mandamiento al Sr. Registrador Mercantil de la Provincia.
4.-Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha.
Notifíquese la presente resolución a las partes personadas, y a los restantes acreedores reconocidos, y désele la publicidad pertinente en los términos de los artículos 23 y 24 LC. Y a la vista de la manifiesta falta de recursos económicos del concursado, procede acordar la publicación de esta resolución en el B.O.E., que deberá hacerse de forma gratuita.
Modo de impugnación: Contra esta resolución no cabe interponer recurso.
Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma don Salvador Calero García, Magistrado- Juez del Juzgado de lo Mercantil 2 de Alicante. Doy fe.
Alicante, 13 de julio de 2010.- Secretaria Judicial.
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