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Documento BOE-B-2010-26599

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 180, de 26 de julio de 2010, páginas 85424 a 85424 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2010-26599

TEXTO

Edicto

Doña Josefina Elena Enrech Verde, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la ley Concursal (LC), anuncia:

1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número 734/2010 se ha dictado en fecha 15 de julio de 2010 auto de declaración de concurso necesario ordinario de la mercantil Viajes Crisol, S.A.U., con CIF número A-80086192, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Madrid, desarrollando su actividad en su domicilio social calle Mahonia, n.º 2, Edificio Pórtico, 28043 Madrid.

2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

4.º Llamamiento a los acreedores: Se hace llamamiento a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes, a contar desde la publicación prevista en el art 23 de la LC de la comunicación que a tal efecto les dirigirá la Administración Concursal y únicamente en defecto de tal comunicación directa el cómputo del plazo se hará desde la publicación de este auto de declaración del concurso.

Lugar para tal comunicación: 1. Por correo ordinario a la dirección: "Administración concursal del concurso de Viajes Marsans, S.A.", oficina calle Fernando el Católico, n.º 61, bajo, Madrid, CP 28015. 2. O mediante el correo electrónico a la dirección: "www.concursomarsans.info", a la que se acompañará la documentación del crédito escaneada en soporte pdf, o remitida luego por correo ordinario a aquella dirección.

Deberá presentarse mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 Ley Concursal).

Madrid, 15 de julio de 2010.- La Secretaria judicial.

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