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Documento BOE-B-2010-264

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 6, de 7 de enero de 2010, páginas 876 a 877 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2010-264

TEXTO

Doña Pilar Solanot García, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante,

Hago saber: Que en el juzgado de lo mercantil 2 de Alicante se siguen los autos de procedimiento concursal ordinario 000671/07-b, de la Mercantil Durapel, S.L., en cuyo seno, con fecha veinte de noviembre de dos mil nueve, se ha dictado auto cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

1.- Se acuerda poner fin a la fase común

2.- Se decreta la apertura de la fase de liquidación.

3.- Se decreta la suspensión de las facualtades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el título III de la ley concursal.

4.- Se decreta la disolución de la mercantil, así como en todo caso el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos ppor la administración concursal.

5.- Preséntese por el administrador concursal en el plazo de 15 días siguientes a la notificación, el plan de liquidación previsto en el artículo 148 de la Ley Concursal.

6.- Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

7.- Procédase a la formación de la sección sexta, de la calificación del concurso, con testimonio de la presente y demás particulares previstos en el artículo 167 de la Ley Concursal.

Dentro de los diez días siguientes a la última de las publicaciones del presente auto, cualquier acreedor o persona con interés legítimo podrá personarse en la sección sexta alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable(artículo 168 de la Ley Concursal).

Comuníquese a la administración concursal la fecha de expiración del plazo de personación de interesados para, vencida, proceda a evacuar el informe prevenido en el artículo 169 de la Ley Concursal.

8.- Notifíquese la presente resolución al concursado y a todas las partes personadas en el procedimiento, procediéndose a la publicación de edicto de forma urgente en el boletín oficial del estado y en el tablón de anuncios de este Juzgado por plazo de diez días.

Líbrese mandamiento al registro mercantil para que practique las inscripciones correspondientes respecto de la disoluciónde la concursada y de las facultades de la administración concursal.

Así por este auto, lo pronuncia manda y firma don Luis Seller Roca de Togores, Magistrado-Juez de lo Mercantil 2 de Alicante. Doy fe.

Alicante, 20 de noviembre de 2009.- La Secretaria Judicial.

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