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Documento BOE-B-2010-25967

VALLADOLID

Publicado en:
«BOE» núm. 176, de 21 de julio de 2010, páginas 83795 a 83795 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2010-25967

TEXTO

Edicto

Doña M.ª Begoña Ozamiz Bageneta, Secretaria Judicial del Jdo. de lo Mercantil n.º 1 de Valladolid, por el presente, hago saber:

El Juzgado de lo Mercantil de Valladolid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, y la reforma prevista en el artículo 6 RD Ley 3/09 sobre este articulo, en el que se establece que la publicación será con la mayor urgencia y de forma gratuita en el BOE, anuncia:

1.º Que en los autos seguidos en este juzgado con el número 113/2010-C, se ha dictado a instanciads de Mercantil Eurocoating, S.L., con CIF: B-09095639 a través de su Procuradora Pilar Areces Ilarri en fecha 31 de mayo de 2010, auto de declaración de concurso voluntario abreviado de la Mercantil Eurocoating, S.L., cuyo centro de intereses principales lo tiene en Valladolid, C/ Cobalto, Parcela 99, Polígono de San Cristobal.

2.º El deudor conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido su ejercicio a la intervención de los administradores del concurso, mediante su autorización, no concurriendo en este caso circunstancias que justifiquen la suspensión.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este Edicto, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (artículo 184.3 Ley Concursal)

Valladolid, 2 de junio de 2010.- El/la Secretario Judicial.

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