Don Íñigo Casla Uriarte, Notario de Madrid, con residencia en esta Capital,
Hago saber
Que en mi notaría, sita en Madrid, P.º de la Castellana, 139, 6.º izda., se tramita venta extrajudicial, n.º 1 de expediente provisional, conforme al art. 129 de la Ley Hipotecaria, de la siguiente:
Finca hipotecada
Piso quinto letra B, de la calle de Belzunegui, número 30, en Madrid.
Le corresponde el número treinta y ocho de la propiedad horizontal.
Está situado en la quinta planta. Ocupa una superficie construida aproximada de sesenta y cuatro metros veinte decímetros cuadrados. Se destina a vivienda y consta de estar-dormitorio, tres dormitorios, aseo, cocina y terraza.
Linda: derecha entrando, piso letra A de su misma planta y portal; izquierda, con patio de luces y piso letra C, de esta misma planta del portal número uno; fondo, con terreno de su propio bloque; y al frente, con rellano de su escalera.
Cuota.- Le corresponde una cuota de participación en los elementos comunes y gastos del inmueble de dos enteros cincuenta centésimas por ciento, entre los que está incluida la zona ajardinada común.
Inscripción: Consta inscrita en el Registro de la Propiedad número 53, antes 31, de Madrid, al tomo 2.786, libro 2.786, folio 38, finca número 63.121.
Procediendo la subasta de la finca se hace saber sus condiciones:
Tendrá lugar en mi notaría. La 1.ª subasta el día 8 de septiembre de 2010, a las 11 horas, siendo el tipo base el de 257.289,54 euros; de no haber postor o si resultare fallida, la 2.ª subasta, el día 7 de octubre de 2010, a las 11 horas, cuyo tipo será el 75 por 100 de la primera; en los mismos casos, la 3.ª subasta el día 10 de noviembre de 2010, a las 11 horas, sin sujeción a tipo; y si hubiere pluralidad de mejoras en la tercera subasta, la licitación entre mejorantes y mejor postor, el día 16 de noviembre de 2010, a las 11 horas.
La documentación y certificación del Registro a que se refieren los artículos 236 a) y 236 b) del Reglamento Hipotecario pueden consultar- se en la Notaría, de lunes a viernes, de 9 a 13 horas. Se entenderá que especial de todo licitador acepta como bastante la titulación aportada. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecute continuarán subsistentes. Los licitadores deberán consignar, previamente a la subasta en la Notaría una cantidad equivalente al 30 por 100 del tipo que corresponda en la 1.ª y 2.ª subasta, y en la 3.ª, un 20 por ciento del tipo de la segunda, mediante cheque bancario a nombre del Notario.
Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo, hasta el momento de la subasta. Sólo la adjudicación a favor del acreedor requirente o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.
Madrid, 15 de junio de 2010.- Notario.
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