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Se decreta la detención de don José Carrillo Gil y su puesta a disposición de este Juzgado en horas de audiencia, librándose la oportuna requisitoria.
Sirva la presente resolución de llamamiento edictal al efecto y líbrense los testimonios al Juzgado de Guardia de la sentencia, de la resolución que acuerda la requisitoria y de las diligencias a practicar consistente en requerir de pago de indemnización y requerir de ingreso voluntario en prisión en el plazo de 10 días.
Murcia, 16 de junio de 2010.- Secretario Judicial.
ANEXO
Juzgado de lo Penal número 5 de Murcia, ejecutoria 665/08.
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