Edicto
El Juzgado de Primera Instancia número 10 y Mercantil de Santander, anuncia:
Que en el procedimiento concursal número 546/2008 referente al concursado, por auto de fecha 27/05/2010 se ha acordado lo siguiente.
1.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.
2.- La suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos en el título III de la LC.
3.- Se ha declarado disuelta la Salma S.C., cesando en su función sus Administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.
4.- Los efectos sobre los créditos concursales son los previstos en el art.-146 LC, produciéndose desde ese momento su vencimiento anticipado y la conversión en dinero de los que consten en otras prestaciones.
5.- Fórmese la Sección sexta de calificación del concurso y, hágase saber a los acreedores o cualesquiera titulares de un interés legítimo que, dentro de los 10 días siguientes a la última publicación de esta resolución, podrán personarse alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso.
Santander, 27 de mayo de 2010.- El/La Secretario Judicial.
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