El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Las Palmas en sesión celebrada el 11 de febrero de 2010, por la competencia conferida según el artículo 40.5 de la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, modificada por Ley 62/1997, de 26 de diciembre, así como las disposiciones concordantes de la Ley 48/2003, ha resuelto "Otorgar a Boluda Terminales Marítimas, S.A., la prórroga del plazo de vigencia de la Licencia para la prestación del servicio portuario básico de carga, estiba, descarga, desestiba y transbordo de mercancías para el Puerto del Rosario", hasta que entren en vigor las prescripciones particulares previstas en el artículo 65 de la Ley 48/2003 y sin perjuicio de la obligación del titular de someterse a las modificaciones legales que afecten al régimen jurídico del título.
Las Palmas de Gran Canaria, 18 de marzo de 2010.- El Presidente, Javier Sánchez-Simón Muñoz.
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