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Documento BOE-B-2010-19858

OVIEDO

Publicado en:
«BOE» núm. 135, de 3 de junio de 2010, páginas 64825 a 64826 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2010-19858

TEXTO

Edicto.

El Juzgado de lo Mercantil N.º 2 de Oviedo, anuncia:

1.- Que en el procedimiento concursal número concurso abreviado concurso abreviado 1000261 /2009 se ha dictado el 17/5/10 sentencia aprobando judicialmente el convenio propuesto por David Hernández González, DNI 9.439.883-Q y aceptado en la Junta de acreedores celebrada el día 14/4/10.

2.- La sentencia se fundamenta en que la propuesta ha sido aceptada por mayoría suficiente de acreedores ordinarios conforme a la Ley Concursal y en no apreciarse infracción de la normas que regulan los convenios y la adhesión en la LC.

El convenio está de manifiesto en la Secretaria del Juzgado para quienes acrediten interés en su conocimiento.

La parte dispositiva de la Sentencia dice como sigue:

"Se aprueba, con los efectos previstos en la Ley, la propuesta de convenio presentada por la David Hernández García, que fue aceptada por la Junta de Acreedores celebrada el día 14 de abril de 2010.

Se acuerda el cese de los efectos de la declaración del concurso sobre las facultades de administración y disposición del deudor, así como de los efectos que tal declaración produce en los contratos en los que es parte la entidad declarada en concurso y sobre los acreedores de la concursada, si bien respecto de estos últimos teniendo en cuenta la vinculación que sobre los mismos produce el convenio aprobado para aquellos a quienes legalmente afecte.

Se acuerda el cese de la Administración concursal en sus funciones de intervención de las facultades de administración y disposición de la entidad concursada, continuando en su cargo a los efectos previstos en el capítulo II del título VI.

Se acuerda la apertura de la Sección Sexta de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de la presente resolución, debiendo incorporarse a ella testimonios de la solicitud de declaración de concurso, de la documentación que hubiere presentado el deudor con su solicitud o a requerimiento del Juez, y del Auto de declaración de concurso.

Se concede a la Administración concursal el plazo de un mes a contar desde la notificación de esta resolución para que proceda a la rendición de cuentas de su gestión.

Requiérase a la concursada, a fin de que, con periodicidad semestral, a partir de la fecha de esta resolución, informe a este Juzgado acerca del cumplimiento del convenio.

Se acuerda igualmente aprobar los honorarios del letrado instante incluidos en el informe, autorizando a la Administración concursal para su abono.

Notifíquese esta resolución al concursado, a la Administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento.

Hágase pública la parte dispositiva de la sentencia aprobatoria del convenio por medio de edictos que se fijarán en el tablón de anuncios de este Juzgado y se publicará en el Boletín Oficial del Estado, en la forma y con los requisitos establecidos en el artículo 23 de la Ley Concursal.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley Concursal, expídase y entréguese a la representación procesal de la concursada mandamiento por duplicado al Registro Civil de Asturias para constancia de la aprobación del convenio.

Contra la presente resolución cabe recurso de APELACIÓN, que deberá interponerse en el plazo de cinco días, haciéndole saber que para la interposición del mismo, deberá depositar en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, con n.º de cta. 3945 - 0000 - 02 - n.º expediente (4 dígitos) y año (2 dígitos), el importe de 50 euros, en concepto de depósito para recurrir.

Así lo acuerda, manda y firma el Ilmo. Sr. D. Miguel Álvarez-Linera Prado, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Oviedo."

3.- Contra la sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Asturias que debe prepararse mediante escrito presentado en esste Juzgado de lo Mercantil en el plazo de diez días computándose desde la última publicación de este edicto, que ha de publicarse en Boletín Oficial del Estado y tablón de anuncios de este Juzgado.

Oviedo, 17 de mayo de 2010.- El Secretario Judicial.

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