Doña Laura Fojón Chamorro, Secretaria del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Arganda del Rey,
Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 237/10 se ha dictado la siguiente sentencia que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
Juicio de faltas número 237/10.
Sobre: Hurto.
Sentencia número 36/2010.
Juez que la dicta: Juan Antonio Lara Domínguez.
Lugar: Arganda del Rey.
Fecha: 9 de marzo de 2010.
Denunciante: Bershka.
Denunciados: Florica Vulpe.
Interviene el Ministerio Fiscal.
Vistos y examinados en juicio oral y público los presentes autos de juicio de faltas sobre Hurto en los que son parte las personas arriba reseñadas, se ha dictado la presente resolución con los siguientes
Fallo: Que debo condenar y condeno a Florica Vulpe como autora de una falta de hurto prevista y penada en el artículo 623.1 del Código Penal, a la pena de un mes multa con cuota diaria de cuatro euros, que deberá satisfacer de una sola vez y en el plazo de los 30 días siguientes a la firmeza de esta sentencia, con responsabilidad personal subsidiaria, para el caso de impago o insolvencia, de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas y al pago de las costas procesales.
Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer ante este Juzgado y en el plazo de cinco días recurso de apelación del que conocerá la ilustrísima Audiencia Provincial, mediante escrito motivado acompañando tantas copias como partes a las que hubiere de conferirse el traslado.
Así por esta mi sentencia la pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Florica Vulpe actualmente en paradero desconocido, expido el presente. En Arganda del Rey, a 26 de mayo de 2.010.
Arganda del Rey, 26 de mayo de 2010.- La Secretaria del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2.
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