A los efectos previstos en el articulo 10 de la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, reguladora de las organizaciones interprofesionales agroalimentarias y en el artículo 13 de su Reglamento, aprobado por Real Decreto 705/1997, de 16 de mayo, se somete a información pública el acuerdo adoptado por la Asociación Interprofesional del Cerdo Ibérico, Asici, en su Asamblea General celebrada el 15 de abril de 2010, cuyo texto literal, según certificación aportada, figura en el anexo I.
El expediente de solicitud de extensión de norma presentado por la Asociación Interprofesional del Cerdo Ibérico, Asici, así como la legislación aplicable, puede ser examinado en las dependencias relacionadas en el anexo II. Las alegaciones que se estimen oportunas, podrán formularse en el plazo de quince días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente resolución en el "Boletín Oficial del Estado".
Anexo I
Acuerdo relativo a la solicitud de extensión de norma de la aportación económica obligatoria para realizar actividades de promoción de los productos del cerdo ibérico, mejorar la información y conocimiento sobre las producciones y los mercados y realizar programas de investigación, desarrollo, innovación tecnológica y estudios durante las campañas 2010/2011, 2011/2012 y 2012/2013.
En la reunión de la Asamblea General de la Organización Interprofesional del Cerdo Ibérico, válidamente convocada y constituida según establece en su normativa estatutaria, el día 15 de abril de 2010, se tomó por unanimidad de los miembros el acuerdo siguiente:
Objeto de la extensión de norma.
La Interprofesional de Cerdo Ibérico, Asici, solicita esta extensión de norma para alcanzar los objetivos siguientes:
1. Aumentar el consumo de productos del cerdo ibérico.
2. Disponer de una base de conocimiento actual y fidedigna de los datos del sector.
3. Disponer del conocimiento científico que permita el impulso de nuevas tecnologías en el sector.
Para conseguir estos objetivos se desarrollarán los programas de actuación siguientes:
Información y promoción de las diferentes calidades y características de las producciones ganaderas y de los productos del cerdo ibérico.
Creación de un sistema de vigilancia e información sectorial.
Apoyo y promoción de programas de investigación, desarrollo, innovación tecnológica y estudios.
Propuesta de actuación para la extensión de norma.
Período de vigencia.
Se acuerda solicitar la Extensión de Norma para un periodo de tres campañas 2010/2011, 2011/2012 y 2012/2013, considerando éstas con inicio el uno se septiembre de cada año y fin el 31 de agosto del año siguiente. La aportación económica tendrá vigencia hasta el 31 de agosto de 2013.
Aportaciones económicas: cuotas, bases de aplicación, devengo y destino
La aportación económica total, para cada campaña, será de cuarenta céntimos de euro por cada cerdo sacrificado. Dicha aportación quedará dividida en dos cuotas de 20 céntimos de euro por cerdo para cada una de las ramas profesionales, denominadas "cuota de producción" y "cuota de elaboración".
La "cuota de producción" y la "cuota de elaboración" se aplicarán a todos los cerdos ibéricos sacrificados en España, y se devengará por el matadero que sacrifique los animales. El matadero facturará a quien se consignen los animales el total de las dos cuotas, siendo la industria de destino, o el consignatario de los animales sacrificados, responsable de recuperar la "cuota de producción".
Los mataderos de cerdos ibéricos, de servicios o no, no contribuirán con cuota a la extensión de norma. Contribuirán a la implantación y gestión de la extensión de norma realizando la función que en esta se les asigna, proporcionando la información global de sus operaciones y recaudando las cuotas correspondientes.
El matadero deberá remitir mensualmente, en archivo informático, el listado de operaciones realizadas, consignando la información general recogida en el Anexo A, así como copia de la liquidación de las tasas sanitarias realizadas en el período.
Las cantidades recaudadas por los mataderos a los consignatarios, serán abonadas cada mes, por transferencia bancaria a la cuenta habilitada para ello por ASICI exclusiva para este fin, previa emisión de una factura por el importe total de las cantidades retenidas durante el periodo.
El texto justificativo de esta retención aparecerá en la factura al consignatario como sigue: "Retención por la Extensión de Norma de Asici aprobada con el nº...... y publicada en BOE nº...... de......"
Toda la información generada como consecuencia de la Extensión de Norma será confidencial y se aplicará la Ley Orgánica 15/99 de 13 de diciembre de protección de datos de carácter personal para su tratamiento.
Las Organizaciones de la producción y de la Transformación del sector del Cerdo ibérico colaborarán en la aplicación de esta Extensión de Norma.
Los recursos generados por las aportaciones, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 38/1994, reguladora de las Organizaciones Interprofesionales Agroalimentarias, solo podrán destinarse para los fines establecidos en esta Extensión de Norma, asignándose, el 80% del total de las aportaciones a la información y promoción de los productos del cerdo ibérico y a su consumo, el 10% del total al estudio de los mercados y al seguimiento de las producciones, y el resto a los programas de investigación, desarrollo e innovación tecnológicas.
Procedimiento de recaudación de las aportaciones.
Pago de las cuotas
El pago de las cuotas se realizará cada mes por los mataderos que las hayan devengado. Si por causas justificadas no se hubieran podido pagar las cuotas en el plazo mencionado, se podrá iniciar un trámite de subsanación para realizar dichos pagos.
Forma de pago.
Los pagos se realizarán mediante transferencia bancaria de los mataderos a la cuenta corriente dispuesta a tal efecto por la Organización Interprofesional del Cerdo Ibérico.
Facturación de los pagos.
La interprofesional emitirá facturas/recibos a las entidades por cada uno de los pagos de las cuotas realizados.
Prórroga de la Extensión de Norma y régimen de los recursos financieros.
Si, transcurridos los tres años de vigencia de la Extensión de Norma, existiese un remanente de recursos procedentes de las aportaciones, podrán destinarse a financiar las actividades de la Interprofesional que se recojan en una nueva Extensión de Norma o en la prórroga de la presente.
Únicamente en caso de que no se produzca ninguno de los supuestos anteriores, se procederá a la liquidación del remanente, devolviéndolo proporcionalmente a las cantidades aportadas en la última campaña, una vez queden liquidadas y finiquitadas todas las obligaciones de la Interprofesional."
Anexo II
Relación de dependencias administrativas en las que puede examinarse el expediente de solicitud de extensión de norma y aportación económica presentado por la asociación interprofesional del cerdo ibérico, Asisi.
Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Sevilla, Pza. de España, Sector 3 — Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Almería, calle Arapiles, 19 — Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Cádiz, calle Acacias, 2, bajo — Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Córdoba, Plaza de la Constitución, 1 — Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Granada, calle Faisán, 2, — Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Huelva, calle Vázquez López, 12, 1º — Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Jaén, Plaza de la Batallas, 2 — Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Málaga, Plaza de la Aduana, s/nº — Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Badajoz, Avda. Europa, 1 — Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Cáceres, Avda. Virgen de la Montaña, 3 — Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Valladolid, calle José Luis Arrese, s/n. — Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Burgos, calle Vitoria, 34 — Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en León, Avda. Asturias, 4 — Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Ávila, Avda.18 de Julio, 1 — Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Palencia, Avda Casado del Alisal, 4 — Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Salamanca — calle Gran Vía, 31 — Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Segovia – Plaza del Seminario, 1 — Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Soria, calle Mosquera de Barnuevo, 3 — Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Zamora, Avda. Tres Cruces, 18 — Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Toledo, Plaza de Zocodover, 6 — Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Albacete, Avda. de España 7 — Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Ciudad Real, Plaza Cervantes, 1 — Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Cuenca, calle Hervás y Pandero, 4 — Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Guadalajara, Avda. del Ejército, 12 — Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Murcia, Avda. Alfonso X El Sabio, 6 — Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Lleida, Avda. Campo de Marte, 35 y Subdirección General de Estructura de la Cadena Alimentaria, Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, Pº Infanta Isabel, 1 Madrid.
Madrid, 18 de mayo de 2010.- La Secretaria General de Medio Rural.
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