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Documento BOE-B-2010-19142

Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Galicia sobre Resolución de la Secretaría de Estado de Planificación e Infraestructuras por la que se aprueba el expediente de información pública y aprobación definitiva del estudio informativo de clave EI-2-PO-17 "Carretera N-640 de Vegadeo a puerto de Vilagarcía de Arousa. Variante de Portela".

Publicado en:
«BOE» núm. 131, de 29 de mayo de 2010, páginas 62611 a 62612 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2010-19142

TEXTO

El Sr. Secretario de Estado de Planificación e Infraestructuras, por delegación del Ministro de Fomento (Resolución Delegación de atribuciones 30 de mayo de 1996), con fecha 16 de abril de 2010 ha resuelto:

"1. Declarar que el expediente de información pública reseñado en el asunto cumple con lo preceptuado en los artículos 32, 33, 34 y 35 del vigente Reglamento de Carreteras (1812/1994, de 2 de septiembre).

2. Aprobar el expediente de información pública y definitivamente el estudio informativo de clave EI-2-PO-17 "Carretera N-640 de Vegadeo a Puerto de Vilagarcía de Arousa. Variante de Portela" seleccionando como alternativa a desarrollar la Alternativa 2 del actual estudio consistente en una variante de sección 7/10, longitud 5442 metros y un presupuesto base de licitación de 26,9 millones de euros.

3. En el proyecto de construcción se tendrán en cuenta las prescripciones siguientes:

3.1 Las establecidas en la declaración de impacto ambiental de fecha 24 de septiembre de 2009 publicada en el "Boletín Oficial del Estado" de 12 de octubre de 2009.

3.2 Se estudiará la reposición de todos los caminos y vías pecuarias que aseguran la correcta permeabilidad de la carretera minimizando las afecciones a espacios agrícolas. En especial los interceptados entre los pp.kk. 1+700 y 2+500 en el municipio de A Estrada.

3.3 Se recabará toda la información relativa a las redes de distribución de agua potable y de los manantiales de los cuales se abastecen, incluyéndose las existentes entre los pp.kk. 3+000 y 3+700, correspondientes a la Comunidad de Aguas "O Foxo Vello" (Ayuntamiento de Cuntis), así como las del resto de las redes que puedan ser afectadas. Con carácter general, se conservarán los servicios y servidumbres de paso. Estableciéndose en caso necesario rutas alternativas que presten el mismo servicio.

3.4 Se estudiará la posibilidad de proponer como zonas de sobrantes aquéllas que no se aproximen a viviendas existentes. En concreto, se deberá desestimar el uso de la zona designada como V-2 en el presente estudio informativo.

3.5 Deberán tenerse en cuenta las prescripciones establecidas por la Dirección Xeral de Patrimonio Cultural, Xunta de Galicia, en lo relativo a los trabajos de prospección arqueológica durante la redacción del proyecto y durante la ejecución de las obras.

3.6 Se establecerán las medidas necesarias en cuanto al diseño de las estructuras sobre cauces para que no se afecte al dominio público hidráulico, no se modifique el lecho del río, ni se contaminen sus aguas. Con respecto al diseño de las obras de drenaje, se atenderán los criterios de la normativa vigente. Además, antes del comienzo de las obras, deberán solicitarse a Augas de Galicia los correspondientes permisos para actuar en las zonas de dominio público hidráulico y zonas de servidumbre.

3.7 Deberá considerarse la posibilidad de cesión del tramo de N-640 sustituido funcionalmente por el trazado de la opción recomendada en este estudio para la variante de Portela, atendiendo a lo indicado en los artículos 40.2 de la Ley 25/88 de Carreteras y 127 del Reglamento General de Carreteras, aprobado por Real Decreto 1812/94, concretado y desarrollado su contenido en la Orden Ministerial de 23 de julio de 2001 por la que se regula la entrega a los ayuntamientos de tramos urbanos de la red de carreteras del Estado ("Boletín Oficial del Estado" de 31 de julio de 2001) y modificada por la Orden FOM/3426/2005 de 27 de octubre ("Boletín Oficial del Estado" de 4 de noviembre de 2005), siendo el tramo de la N-640 al que se hace referencia el comprendido entre el final de la variante de A Estrada, p.k. 208+500 y el p.k. 212+000.

La presente Resolución pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.c) de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y, contra la misma se puede interponer recurso potestativo de reposición, ante el Ministro del Departamento, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional. El plazo para interponer dichos recursos es, respectivamente de uno (1) o dos (2) meses a partir del día siguiente al de la publicación de aquélla en el "Boletín Oficial del Estado", sin que quepa formular el recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto."

A Coruña, 18 de mayo de 2010.- El Ingeniero Jefe de la Demarcación, Ángel González del Río.

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