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Documento BOE-B-2010-18852

ZARAGOZA

Publicado en:
«BOE» núm. 130, de 28 de mayo de 2010, páginas 61227 a 61228 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2010-18852

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Zaragoza, anuncia:

Primero.- Que en el procedimiento concursal, concurso abreviado 81/2009, se ha dictado el 11 de mayo de 2010, sentencia aprobando judicialmente el convenio propuesto por Jar Protección contra Incendios y Sistemas de Seguridad, S.L., y aceptado en la Junta de acreedores celebrada el día 26 de abril de 2010, cuyo encabezamiento y fallo son del siguiente tenor literal.

Sentencia

En Zaragoza, a once de mayo de dos mil diez.

Vistos por doña María del Carmen Villellas Sancho, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Zaragoza, los presentes autos de concurso voluntario de la entidad "Jar Protección Contra Incendios y Sistemas de Seguridad, S.L.", representada por la Procuradora de los Tribunales Sra. Pedraja Iglesias y en el que se designó Administrador concursal a don Ángel J. Navarro Gomollón, que fueron registrados con el número 81/2009.

Fallo

Que debía acordar y acordaba aprobar la propuesta de convenio presentada por la concursada "Jar Protección Contra Incendios y Sistemas de Seguridad, S.L.", cuyo contenido se da por reproducido, cesando todos los efectos de la declaración del concurso, sin perjuicio de los deberes generales que para el deudor establece el artículo 42. Se da por terminada la fase común del concurso.

Cesen en su cargo la administración concursal, sin perjuicio de lo previsto en el capítulo II del título VI, requiérasele para que rinda cuenta de su actuación dentro del plazo de veinte días contado a partir de la notificación de esta resolución. Hágasele saber, así mismo, que deberá emitir informe, en el plazo de cinco días, sobre la retribución que ha de percibir, cuantificando su importe, que deberá ajustarse a los valores definitivos de la Lista de Acreedores e Inventario de Bienes.

Notifíquese esta resolución a la concursada, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento. Publíquese mediante anuncios que se fijarán en los estrados de este Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado.

Contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días ante este Juzgado y para la Ilma. Audiencia Provincial de Zaragoza.

Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.

-Sigue la firma-

Segundo.- La sentencia se fundamenta en que la propuesta ha sido aceptada por mayoría suficiente de acreedores ordinarios conforme a la Ley Concursal y en no apreciarse infracción de las normas que regulan los convenios y la adhesión en la Ley Concursal.

El convenio está de manifiesto en la Secretaría del Juzgado para quienes acrediten interés en su conocimiento.

Zaragoza, 17 de mayo de 2010.- El/La Secretario Judicial.

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