El Juzgado de lo Mercantil número 9 de Madrid, anuncia:
Primero.-Se declara, por auto de fecha 17/05/10 dejar sin efecto la fase de convenio del procedimiento concursal voluntario con número de autos 155/09 del deudor doña M.ª Victoria Gil de la Monyaña, con domicilio en la C/ Francisco Javier Sauquillo, n.º 18, 3.º-A, 28944 de Fuenlabrada (Madrid) y DNI: 06948478-V.
Segundo.-Se deja sin efecto, consecuentemente, el señalamiento de la Junta de Acreedores para el día 12 de julio de 2010.
Tercero.-Se abre, de oficio, la fase de liquidación, conforme a lo ordenado en los artículos 114.3 y 143.1.º de la LC.
Cuarto.-Durante la fase de liquidación quedan en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el título III de la LC.
Quinto.-En el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, la Aministración Concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC.
Madrid, 17 de mayo de 2010.- La Secretaria Judicial.
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