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Documento BOE-B-2010-18275

GAVÀ

Publicado en:
«BOE» núm. 127, de 25 de mayo de 2010, páginas 59183 a 59183 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2010-18275

TEXTO

Juzgado de Primera Instancia número 8 Gavá.

Juicio: Jurisdicción voluntaria-comercio 257/2008-C.

Sobre: Asuntos jurisdicción voluntaria.

Parte demandante: Luis Miguel Azorin Zafrilla y M Elena González-Moro Prats.

Procurador: Ángel Montero Brusell.

Parte demandada: "Elerco, S.A."

Por auto de fecha 12 de febrero de 2009 el Señor Juez ha acordado la publicación del presente edicto para llevar a cabo la publicación de la demanda en el BOE y por todo lo cual se ordena publicar lo que sigue:

"Don Ángel Montero Brusell, Procurador de los Tribunales y de don Luis Miguel Azorin Zafrilla y doña María Elena González Moro Prats promueve expediente de jurisdicción voluntaria interesando la declaración de amortización de letras de cambio por extravío, y la consecuente declaración de extinción de obligación cambiaria y solicita tener por presentado y admitir el referido expediente, se acuerde la citación de la entidad acreedora "Elerco, S.A." como continuadora de la mercantil " Les Dunes, S.A" con domicilio en Madrid, Gran Vía de Hortaleza, n.º 3 dándole traslado de la solicitud que contiene la presente demanda para que en el plazo de diez días formule las alegaciones que a su derecho convenga; publique el presente expediente en el BOE para que en el plazo de un mes puedan comparecer los posibles tenedores de las cambiales y alegar lo que a su derecho conviniere; y previos los demás trámites procesales pertinentes, dictar en su día Sentencia en la que teniendo como suficientemente acreditado el pago de las cambiales extraviadas se declare como amortización y en consecuencia se declare extinguida la obligación cambiaria y por consiguiente la pérdida de toda su eficacia, ordenando a su vez la extinción de la condición resolutoria constituída en garantía del buen fin de las cambiales y la cancelación de la misma en el Registro de la Propiedad y de cuantos asientos registrales traiga causa; todo lo cual se despacho por auto de fecha 12 de febrero de 2009 acordando en su parte dispositiva admitir la demanda publíquese la misma en el BOE asimismo dése traslado y emplácese por diez días a "Elerco, SA".

Gava, 7 de mayo de 2010.- La Secretaria en sustitución.

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