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Documento BOE-B-2010-18013

Anuncio de la Gerencia de la Mutualidad General Judicial, sobre reintegro de prestaciones indebidas.

Publicado en:
«BOE» núm. 124, de 21 de mayo de 2010, páginas 57888 a 57888 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-B-2010-18013

TEXTO

Por Resolución de la Gerencia de la Mutualidad General Judicial se acordó, en virtud de lo dispuesto en la disposición adicional quinta del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes sobre el Régimen Especial de Seguridad Social del personal al servicio de la Administración de Justicia aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2000, de 23 de junio, establece que "Los mutualistas y las demás personas que hayan percibido indebidamente prestaciones de la Mutualidad General Judicial vendrán obligados a reintegrar su importe", requerir el cobro en vía voluntaria de las cantidades adeudas por los mutualistas que se citan en la relación adjunta, en concepto de abonos por prótesis y prestación sociosanitaria. Dichas resoluciones fueron cursadas a las/los interesados/as para que procedieran al abono de los importes.

Intentada la notificación no ha podido practicarse al devolver el Servicio de Correos las comunicaciones dirigidas a los mutualistas citados en el domicilio que figura en la Base de Datos de Mugeju.

A la vista de esta circunstancia resuelvo:

Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, al no haberse podido practicar notificación a los mutualistas cuyos datos figuran en la relación adjunta, se inserte en el Boletín Oficial del Estado y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de su último domicilio la notificación de requerimiento de pago de dichos interesados correspondientes a las Resoluciones de la Gerencia de la Mutualidad General Judicial, por abonos indebidos de prótesis y prestación sociosanitaria, advirtiéndoles que, se concede un plazo de quince días para proceder al abono de las cantidades adeudadas, mediante su ingreso en la cuenta número 0182 2370 48 0200703059, abierta en el Banco Bilbao Vizcaya Argentaria.

Transcurrido dicho plazo sin haberse procedido al indicado ingreso, se dará curso al certificado de descubierto y se procederá a la recaudación en vía ejecutiva.

Contra la presente Resolución que no pone fin a la via administrativa puede interponerse recurso de alzada ante el Ministro de Justicia, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la fecha de su publicación.

Relación que se cita

Apellidos y Nombre

DNI

Fecha Resolución

Importe

Prestación

Parra Benito, Mª Dolores

003430061W

04/09/2008

60,12

Prótesis

Lasheras Mayo Feliz Esteban

028673795V

02/09/2008

30,05

Prótesis

Madrid, 12 de mayo de 2010.- El Gerente, P.A. (artículo 15 Real Decreto 1205/2006), la Secretaria General, M.ª del Mar García Ferrer.

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