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Documento BOE-B-2010-17072

Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Galicia sobre Resolución de la Secretaría de Estado de Planificación e Infraestructuras por la que se aprueba el Expediente de Información Pública y definitivamente el Proyecto de Trazado "Acceso al Aeropuerto de Peinador desde el punto kilométrico 157+000 de la autopista AP-9". Clave: 42-PO-3710.

Publicado en:
«BOE» núm. 117, de 13 de mayo de 2010, páginas 54268 a 54269 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2010-17072

TEXTO

Por Resolución del Sr. Secretario de Estado de Planificación e Infraestructuras, por delegación del Sr. Ministro de Fomento (Orden 30-5-1996), de fecha 16 de abril de 2010 ha sido aprobado el Expediente de Información Pública y definitivamente el Proyecto de Trazado "Acceso al Aeropuerto de Peinador desde el p.k. 157+000 de la autopista AP-9" por su Presupuesto de Licitación estimado de 7.390.592,89 euros que no incluye la cantidad de 1.182.494,86 euros en concepto de IVA (16%), con las siguientes prescripciones a cumplimentar durante la redacción del Proyecto de Construcción:

1.1 Se tendrá en cuenta la Declaración de Impacto Ambiental de la Secretaría de Estado de Cambio Climático formulada por Resolución de 10 de febrero de 2010, publicada en el BOE de 25 de febrero de 2010.

1.2 Se dará cumplimiento a las prescripciones ambientales y técnicas establecidas por el Plan Hidrológico de Galicia-Costa y se tendrán en cuenta las afecciones al otro río, no codificado, en la zona de actuación, además del río Lagares. Asimismo se remitirán a Augas de Galicia los Anejos de Hidrología y Drenaje del Proyecto de Construcción para que este organismo autorice las obras de drenaje previstas sobre cauces públicos.

1.3 Se proyectará el alumbrado en todos los viales del proyecto siempre que el Ayuntamiento de Vigo acredite documentalmente que se hará cargo de sus costes de explotación, mantenimiento y conservación. También se proyectará la reposición de los servicios municipales propiedad de este ayuntamiento que se vean afectados.

1.4 Se proyectarán los desvíos de tráfico necesarios durante la ejecución de las obras coordinándolos con el Departamento de Tráfico Municipal y con Vitrasa, responsables del servicio de autobús.

1.5 Salvo la imposibilidad manifiesta, se realizará la reposición de los manantiales que resulten afectados.

1.6 Se garantizará el acceso a las fincas que resulten afectadas por la ejecución de las obras.

1.7 Se efectuará un estudio acústico de detalle para proyectar la instalación de pantallas acústicas en la proximidad de las viviendas donde se puedan llegar a superar los niveles sonoros máximos permitidos por la legislación vigente.

1.8 En lo que se refiere a la Ley de Paisaje de Galicia (Ley 7/2008, de 7 de julio), aún no siendo de aplicación de acuerdo a las disposiciones transitorias de esta Ley, ya que es posterior a la redacción del Estudio de Impacto Ambiental, se intentará dar cumplimiento a ésta en la medida de lo posible en la redacción del Proyecto de Construcción.

1.9 Se delimitarán las competencias entre la empresa Audasa, concesionaria de la autopista AP-9, y el Ministerio de Fomento.

1.10 Se adaptará el tipo de suelo en que se encuentra ubicada cada parcela a la clasificación que se establece en el nuevo Plan Xeral de Ordenación Municipal de Vigo, aprobado de manera definitiva y total el 13 de julio de 2009.

1.11 Se modificará la titularidad de las parcelas cuyos alegantes han demostrado de forma fehaciente la propiedad.

1.12 Se comprobará la titularidad de las fincas, cuyos propietarios no han presentado documentación suficiente en sus alegaciones para lo cual se solicitará a los alegantes que aporten la documentación necesaria.

1.13 En las fincas que lo han solicitado se efectuará un detallado inventario y análisis de los bienes e instalaciones afectados por las expropiaciones para lo cual, si fuese necesario, se contactará con los propietarios o sus representantes.

1.14 Se proseguirá la tramitación de la reposición de servicios de acuerdo con lo estipulado en la Circular sobre "Modificación de servicios en los proyectos de obras", de 7 de marzo de 1994.

1.15 Se proseguirá la coordinación con Aena y el Aeropuerto de Peinador, garantizando la compatibilidad de las actuaciones en desarrollo.

La presente Resolución pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.c) de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/99. Contra la misma se puede interponer recurso potestativo de reposición, ante el Sr. Ministro del Departamento, en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de la publicación de aquella en el ‹‹Boletín Oficial del Estado››, sin que quepa formular el recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto."

A Coruña, 30 de abril de 2010.- El Ingeniero Jefe de la Demarcación. Fdo.: Angel González del Río.

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