Anuncia:
1º.- Que en el procedimiento concursal número 65/2009, en el que figura como concursado Construcciones Berri, S.A., se ha dictado el 08/03/2010 sentencia aprobando judicialmente el convenio propuesto por Construcciones Berri, S.A. y aceptado en la Junta de acreedores celebrada el día 16.02.10.
2º.- La sentencia se fundamenta en que la propuesta ha sido aceptada por mayoría suficiente de acreedores ordinarios conforme a la Ley Concursal y en no apreciarse infracción de la normas que regulan los convenios y la adhesión en la LC.
3º.- Contra la sentencia cabe recurso de apelación ante la Aundiencia Provincial de Gipuzkoa que debe prepararse mediante escrito presentado en este Juzgado de lo Mercantil en el plazo de cinco días computándose desde la última publicación de este edicto, que ha de publicarse en el Boletín Oficial del Estado.
La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.
Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
Donostia - San Sebastián, 8 de marzo de 2010.- La Secretaria Judicial.
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