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Documento BOE-B-2010-13403

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 93, de 17 de abril de 2010, páginas 41941 a 41942 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2010-13403

TEXTO

Edicto.

Don Virginio Sánchez Barberán, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Alicante, por el presente

Hago saber: Que en fecha 9 de abril de 2010 se ha dictado auto de apertura de liquidación del concurso 475/08-r que se sigue en este Juzgado contra Juan Diego Rodríguez Dorado con DNI 74227015-N cuya parte dispositiva es la siguiente

Parte Dispositiva:

1.-Se deja sin efecto la convocatoria de la Junta de Acreedores para el día 26 de marzo de 2010 y se archiva la fase de convenio.

2.-Se decreta la apertura de la fase de liquidación y apórtese testimonio del inventario de la masa activa que consta en el informe definitivo.

3.-Se acuerda la suspensión de la facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el Título III de la Ley Concursal.

4.-Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquéllos que consistan en otras prestaciones.

5.-Preséntese por la Administración Concursal en el plazo de 8 días el plan de liquidación previsto en el art.148 LC debiendo contener una enumeración de todos los activos reflejados en el inventario con su valoración y las formas concretas propuestas en cada caso para su enajenación.

6.-Procédase a la formación de la Sección Sexta de calificación del concurso, con testimonio de la presente y demás particulares previstos en el art. 167 LC, así como informe de la Administración Concursal del artículo 74 LC (sin inclusión de anexos por su volumen).

Dentro de los cinco días siguientes a la última publicación del presente auto, cualquier acreedor o persona con interés legítimo podrá personarse y ser parte en la Sección Sexta alegando por escrito cuanto considera relevante para la calificación del concurso como culpable. (Art 168 LC).

Notifíquese a las partes personadas y publíquese por medio de edicto en el Registro Público Concursal y en el tablón de anuncios de este Juzgado e inscríbase en el Registro Civil.

En tanto no se cree el Registro Público Concursal, Publíquese el edicto en extracto en el BOE de forma gratuita.

Líbrense al efecto los correspondientes mandamientos y oficios que se entregan al Procurador del solicitante para su diligenciamiento, debiendo en el plazo de 5 días acreditar la presentación con los requisitos necesarios ante las oficinas correspondientes, bajo apercibimiento de incurrir en responsabilidad profesional en caso de demora.

Modo de Impugnación: Contra esta resolución cabe interponer recurso de reposición ante este Juzgado, en el plazo de cinco días desde la notificación, previo depósito de la suma de 25 euros que deberá ingresar en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado abierta en el Grupo Banesto consignando como código 00 y como concepto "pago recurso de reposición", sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (Disposición adicional Decimoquinta de la LOPJ añadida por la LO 1/2009 de 3 de noviembre)

Alicante, 9 de abril de 2010.- El Secretario.

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