Edicto.
El Juzgado de lo Mercantil número uno de Oviedo, en cumplimiento de lo dispuesto en ley concursal (LC), anuncia:
1ª.- Que en el procedimiento número 136/2006, se ha declarado la conclusión del concurso de Veral Taller, Sociedad Limitada, con CIF B-33366535 con domicilio en Polígono Bravo número 9 de Viella, Siero, se ha dictado auto de 5 de Marzo de 2010 cuya parte dispositiva literal dice:
"Decido,
Declarar la conclusión del concurso 136/06, en el que figuraba como concursada Veral Taller Sociedad Limitada, al comprobarse la inexistencia de bienes y derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores.
Contra este auto no cabrá recurso alguno.
Notifíquese esta resolución a las partes y procédase a la publicación de edictos en el Boletín Oficial del Estado y en el Diario La Nueva España de Oviedo.
Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes.
El deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.
Se acuerda la extinción de la persona jurídica concursada, disponiéndose el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de Asturias, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.
La conclusión del concurso no obstará a su reapertura del concurso, que será declarada por este mismo juzgado, en caso de que con posterioridad a esta resolución aparezcan bienes y derechos titularidad del concursado."
Oviedo, 8 de marzo de 2010.- El/la Secretario Judicial.
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