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Documento BOE-B-2010-10421

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 73, de 25 de marzo de 2010, páginas 31965 a 31966 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO SOCIAL
Referencia:
BOE-B-2010-10421

TEXTO

Sentencia 112/2010

Autos: 354/2009

EN madrid a once de marzo de dos mil diez.

Don Ángel Juan Alonso Boggiero, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social número 13 del Juzgado y localidad o provincia de Madrid tras haber visto los presentes autos sobre despido entre partes, de una y como demandante Don Juan Luis del Carre Ruiz Rivas, que comparece asistido por el Letrado Doña Pilar Gismera Catalina y de otra como demandado Gadair European Airlines, Sociedad Limitada; Gadair Cat Air, Sociedad Limitada que no comparecen, Baleares Link Express, Sociedad Limitada, y Baleares Training Trto, Sociedad Limitada, que comparecen asistidos del Letrado don Marcos Jerónimo Felipe Nicholas.

En nombre del Rey

Ha dictado la siguiente

Sentencia

Fallo

Estimando la demanda interpuesta por Don Juan Luis del Carre-Ruiz Rivas frente a la emrpesa Gadair Eureopean Airlines, Sociedad Limitada; Baleares Link Express, Sociedad Limitada; Baleares Trto, Sociedad Limitada; Gadair Cat Air, Sociedad Limitada y Fondo de Garantía Salarial, debo:

1.- Declarar procedente el despido practicado por la empresa Baleares Link Express, Sociedad Limitada mediante la carta de fecha 3.2.09 a que se alude en el hecho probado noveno.

2.- Declarar improcedente el despido tácito efectuado por la empresa Gadair European Airlines, Sociedad Limitada con efectos del 187.3.09.

3.- Declarar la extinción con efectos del doce de marzo de dos mil diez de la relación laboral que el actor mantenía con la empresa Gadair European Airlines, Sociedad Limitada condenando a esta última a que abone al actor una indemnización de 158.762,25 euros y la cantidad de 185.351,70 euros en concepto de salarios de tramitación del 18.3.09 al 12.3.2010, sin perjuicio de lo establecido en el fundamento jurídico noveno, apartado D).

4.- Declarar la responsabilidad solidaria de la empresa Baleares Link Express, Sociedad Limitada respecto del pago de las anteriores cantidades.

5.- Absolver a las empresas Baleares Trto, Sociedad Limitada y Gadair Cat Air, S.L. de los pedimentos formulados en su contra.

6.- Absolver al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de sus obligaciones legales.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de suplicación ante este Juzgado.

Madrid, 17 de marzo de 2010.- Secretaria del Juzgado de lo Social número trece de Madrid, doña María Isabel Tirado Gutiérrez.

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