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Documento BOE-B-2010-10154

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 72, de 24 de marzo de 2010, páginas 31621 a 31621 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2010-10154

TEXTO

Edicto.

D.ª Pilar Solanot Garcia, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante,

Por el presente, hace saber: Que en el procediimiento proc. concursal ordinario 000562/2008-d, sobre declaracion de concurso de la mercantil Zarzillo Nuevos Lugares, S.L., con domicilio en calle Beato Diego de Cadiz, 8-10, bajo, 03009 Alicante, CIF B-54126362, inscrita en el Registro Mercantil de esta provincia al tomo 3060, folio 207, hoja A-99550, inscripcion 1.ª, se ha declarado concluso el concurso y se ha dictado auto de fecha 5-3-2010, que contiene, entre otros, los siguientes pronuciamientos:

Parte dispositiva:

1. Se declara concluso el concurso de acreedores de la mercantil Zarzillo Nuevos Lugares SL, la cual queda responsable del pago de los creditos restantes, pudiendo los acreedores iniiciar ejecuciones singulares.

2. Quedan sin efecto y se alzan las limitaciones de la administracion y disposicion de la sociedad deudora que vinieron en su dia acordadas. Cesan los administradores concursales designados por este juzgado en sus cargos.

3. Se acuerda la disolucion de la mercantil Zarzillo Nuevos Lugares SL, decretandose la cancelacion de sus hojas registrales de inscripcion. Para su efectividad, librese mandamiento al registro mercanitl de Alicante a fin de que se verifique la oportuna anotacion registral de esta resolucion.

4. Cabe la posibilidad de reapertura del concurso si aparecen bienes o derechos dentro del plazo de 5 años, ante este juzgado, en el mismo procedimiento, y al solo objeto de la liquidacion concursal.

5. Anunciese por edictos de forma gratuita en el Boletin Oficial del Estado y en el tablon de anuncios de este juzgado, y comuniquese a los juzgados a los que se haya notificado la declaracion del concurso, entregandose los respectivos oficios al procurador de la mercantil deudora.

6. Se aprueba la rendicion de cuentas formulada conforme al articulo 181 LC mediante escrito de la administracion concursal de 23.12.09.

Alicante, 5 de marzo de 2010.- Secretaria Judicial.

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