No habiendo surtido efecto los dos intentos de notificación en el domicilio conocido de don Victoriano López López, se procede a notificar conforme prevé el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y se transcribe extracto de la resolución del procedimiento sancionador 03/08 del Parque Nacional de los Picos de Europa firmada el 19/12/2008: "El Secretario de Estado de Medio Rural y Agua resuelve: sancionar con una multa de 5.001euros por una infracción grave de la Ley 42/2007, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, en relación con la Ley 16/1995, de Declaración del Parque Nacional de los Picos de Europa. El importe de la sanción deberá hacerse efectivo mediante ingreso en la cuenta número 9000-0001-20-020-341-300-6 a nombre del Organismo Autónomo Parques Nacionales. Contra esta resolución el interesado podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Secretario de Estado de Medio Rural y Agua en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de esta resolución, o directamente recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al a notificación de este acto. El expediente completo podrá ser consultado en las oficinas del Parque Nacional de los Picos de Europa, calle Arquitecto Reguera, 13, 33004 Oviedo.
Madrid, 6 de marzo de 2009.- El Director del Organsimo Autónomo Parques Nacionales, Juan Garay Zabala.
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