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Documento BOE-B-2009-7374

ALCÁZAR DE SAN JUAN.

Publicado en:
«BOE» núm. 60, de 11 de marzo de 2009, páginas 29128 a 29129 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2009-7374

TEXTO

EDICTO

Cedula de emplazamiento

Órgano que ordena emplazar: Juzgado de Primera Instancia Número 1 de Alcázar de San Juan.

Resolución que lo acuerda:

Auto

Juez/Magistrado-Juez Sr./a: Risueño Jiménez, Francisco Carmelo.

En Alcázar de San Juan, a veinticuatro de noviembre de dos mil ocho.

Dada cuenta; el anterior escrito y fotocopia del resguardo de ingreso, únanse a los autos,

Antecedentes de hecho

Primero.- Por la Procuradora Señora María José Cobo Carriazo, actuando en nombre y representación de Marzzal Promociones 21, S.L., según acredita con el poder que acompaña, se ha presentado demanda de juicio ordinario, señalando como parte/s demandada/s a actuales tenedores de las obligaciones hipotecarias al portador de la finca 48.443 inscrita en el Registro de la Propiedad de Alcázar de San Juan.

Segundo.- Expresa el actor que la cuantía de la demanda es la de 24.040,48 euros.

Fundamentos de derecho

Primero.- Examinada la anterior demanda, se estima, a la vista de los datos y documentos aportados, que la parte demandante reúne los requisitos de capacidad, representación y postulación procesales, necesarios para comparecer en juicio conforme a lo determinado en los artículos 6, 7, 23 y 31 de la Ley 1/00, de Enjuiciamiento Civil (LECn).

Segundo.- Así mismo, vistas las pretensiones formuladas en la demanda, este Juzgado tiene jurisdicción y competencia objetiva para conocer de las mismas, según los artículos 37, 38 y 45 de la citada ley procesal.

Por último, por lo que respecta a la clase de juicio, la parte actora, cumpliendo lo ordenado en el artículo 253.2 de la nueva Ley de Enjuiciamiento Civil ha señalado la cuantía de la demanda en 24.040,48 euros, por lo que procede sustanciar el proceso por los trámites del juicio ordinario, según dispone el artículo 249.

Tercero.- Por lo expuesto procede la admisión a trámite de la demanda y, como ordena el artículo 404 de la nueva Ley de Enjuiciamiento Civil, dar traslado de la misma, con entrega de su copia y de la de los documentos acompañados, a la parte demandada, emplazándola, con los apercibimientos y advertencias legales, para que la conteste en el plazo de veinte días hábiles computados desde el siguiente al emplazamiento.

Parte dispositiva

Primero.- Se admite a trámite la demanda presentada por el Procurador Sr/a. María José Cobo Carriazo, en nombre y representación de Marzzal Promociones 21, S.L., frente a actuales tenedores de las obligaciones hipotecarias al portador de la finca 48443 inscrita en el Registro de la Propiedad de Alcázar de San Juan, sustanciándose el proceso por las reglas del juicio ordinario.

Segundo.- Dese traslado de la demanda a la/s parte/s demandada/s, y procédase, como ordenan los artículos 156.4 y 164, ambos de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), a emplazar a la parte demandada por medio de edicto, que se fijará en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado efectuándose dos llamamientos, de dos meses cada llamamiento a cuantos se consideren con derecho a oponerse a la cancelación solicitada.

Apercíbase a la/s parte/s demandada/s que si no comparecen dentro de plazo se le/s declarará en situación de rebeldía procesal (artículo 496.1 nueva Ley de Enjuiciamiento Civil). Adviértasele/s asimismo, que la comparecencia en juicio debe realizarse por medio de procurador y con asistencia de abogado (artículo 23 y 31 nueva Ley de Enjuiciamiento Civil).

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días a partir del siguiente al de su notificación.

Así lo manda y firma S.S.; de lo que doy fe.

El/La Juez /Magistrado-Juez, El/La Secretario,

Firmado y rubricado."

Y para que sirva de emplazamiento a los actuales tenedores de las obligaciones hipotecarias al portador de la finca 48443 inscrita en el Registro de la Propiedad de Alcázar de San Juan, expido el presente que firmo

Alcázar de San Juan, 24 de noviembre de 2008.- El/La Secretario.

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